Proyecto de contenedores soterrados en el Casco Histórico (expediente nº 1463515/08).: Adjudicación Definitiva
1463515/08 (Z-034)
El Gobierno de Zaragoza en sesión celebrada el 2 de abril de 2009, acuerda lo siguiente:
PRIMERO.- Adjudicar definitivamente, por procedimiento abierto, las obras de "CONTENEDORES SOTERRADOS EN CASCO HISTÓRICO", cuyo presupuesto de licitación es de 1.939.654,90 euros (I.V.A. excluido); 2.249.999,68 euros (I.V.A. incluido), a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con los objetivos contemplados en el Fondo Estatal de Inversión Local creado por el Real Decreto Ley 9/2008, de entre los licitadores admitidos a la licitación y que corresponde a la formulada por la empresa CEINSA CONTRATAS E INGENIERIA SA con C.I.F A50137173 y con domicilio en calle Coso 67-75 Esc1-5 D 50001 ZARAGOZA por la cantidad de 1.709.611,83 euros (I.V.A. excluido); al que se le adicionará la cantidad de 273.537,89 euros en concepto de IVA lo que arroja un importe de 1.983.149,72 euros (I.V.A. incluido). El personal previsto a ocupar en la ejecución de la obra son 45 personas (20 trabajadores desempleados y 25 trabajadores propios. El plazo de ejecución es de 6 meses.
Dichas obras se ejecutarán con sujeción al proyecto, a los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica Municipal.
SEGUNDO.- El gasto derivado de las obras incluidas en el Proyecto será financiado con cargo al Fondo Estatal de Inversión Local aprobado por Real Decreto Ley 9/2008, de 28 de noviembre. Dicho Proyecto ha sido autorizado por el Secretario de Estado de Cooperación Territorial con fecha 21 de enero de 2009
TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los CINCO DÍAS hábiles siguientes a la recepción de la notificación de este Decreto comparezca para la firma del contrato cuando fuese requerido para ello.
CUARTO.-La Consejera del Área de Servicios Públicos será la competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente acuerdo.
QUINTO.-El presente acuerdo deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.
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