C.F.M. Actur: construcción edificio modular, remodelación terreno juego ( pavimento, sistema riego y sistema iluminación ) y construcción campo futbol 7: Adjudicación Definitiva
0076328/09
El Gobierno de Zaragoza en sesión celebrada el 2 de abril de 2009, acuerda lo siguiente:
PRIMERO.- Adjudicar definitivamente, por procedimiento abierto, las obras de "C.F.M. ACTUR: CONSTRUCCIÓN EDIFICIO MODULAR, REMODELACIÓN TERRENO JUEGO ( PAVIMENTO, SISTEMA RIEGO Y SISTEMA ILUMINACIÓN ) Y CONSTRUCCIÓN CAMPO FUTBOL 7", cuyo presupuesto de licitación es de 1.767.241,38 euros (I.V.A. excluido); 2.050.000,00 euros (I.V.A. incluido), a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con el baremo recogido en los pliegos de cláusulas administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitación y que corresponde a la formulada por la empresa CONTAMAR INTEGRAL DE LA CONSTRUCCION S.L C.I.F B50950815 y con domicilio en CARRETERA GALLUR-SANGUESA KM.11 50660 TAUSTE (ZARAGOZA) por la cantidad de 1.643.181,04 euros (I.V.A. excluido); al que se adicionara la cantidad de 262.908,97 euros en concepto de I.V.A por lo que el importe es de 1.906.090,01 euros (I.V.A. incluido) y un plazo de ejecución de 6 meses y las mejoras incluidas en su oferta.
El número total de personas a ocupar por la adjudicataria en la obra será de 80, de los cuales 61 son trabajadores propios y 19 nuevos contratados durante su ejecución.
Dichos trabajos se ejecutarán con sujeción a los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica Municipal.
SEGUNDO.- El gasto derivado de las obras incluidas en el Proyecto será financiado con cargo al Fondo Estatal de Inversión Local aprobado por Real Decreto Ley 9/2008, de 28 de noviembre. Dicho Proyecto ha sido autorizado por el Secretario de Estado de Cooperación Territorial con fecha 21 de enero de 2009
TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los CINCO DÍAS hábiles siguientes a la recepción de la notificación de este Decreto comparezca para la firma del contrato cuando fuese requerido para ello.
CUARTO.-El Consejero del Área de Fomento y Deportes será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto, incluida la relativa a Seguridad y Salud.
QUINTO.-El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.
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