Mejoras en el Colegio Público José Antonio Labordeta y mejoras en el Colegio Público José Antonio Labordeta educación infantil: Adjudicación Definitiva
Expediente: 0094691/09
DECRETO DEL CONSEJERO DEL AREA DE URBANISMO, VIVIENDA, ARQUITECTURA Y MEDIO AMBIENTE. EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A DIECIOCHO DE MARZO DE 2009.
Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, con la conformidad de la Jefatura del Departamento de Contratación y Patrimonio, este Consejero del Area de Urbanismo, Vivienda, Arquitectura y Medio Ambiente, en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009, resuelve lo siguiente:
PRIMERO.- Adjudicar definitivamente, por procedimiento negociado sin publicidad, las obras de "MEJORAS EN EL COLEGIO PÚBLICO JOSE ANTONIO LABORDETA Y MEJORAS EN EL COLEGIO PÚBLICO JOSE ANTONIO LABORDETA EDUCACION INFANTIL", cuyo presupuesto de licitación es de 183.759,40 euros (I.V.A. excluido), 213.160,90 euros (I.V.A incluido), a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con los criterios recogidos en los pliegos de cláusulas administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitación y que corresponde a la formulada por la empresa E.C. POLIGONAL S.L., con C.I.F. B-50980556 y con domicilio en C/ Ventura Rodríguez, 3, 50007 ZARAGOZA, por la cantidad de 123.639,03 euros (I.V.A. excluido); 143.421,27 euros (I.V.A. incluido), siendo el plazo de ejecución de las obras de 2 meses. Dichas obras se ejecutarán con sujeción al proyecto, a los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica Municipal.
SEGUNDO.- El número total de personas a ocupar por la adjudicataria en la obra será de 8, de las cuales 6 son trabajadores propios de la misma y 2 nuevos contratados durante su ejecución.
TERCERO.-El gasto derivado de las obras incluidas en el Proyecto será financiado con cargo al Fondo Estatal de Inversión Local aprobado por Real Decreto Ley 9/2008, de 28 de noviembre. Dicho Proyecto ha sido autorizado por el Secretario de Estado de Cooperación Territorial con fecha 27 de enero de 2009.
CUARTO.-Requerir al adjudicatario para que dentro de los CINCO DÍAS hábiles siguientes a la recepción de la notificación de este Decreto comparezca para la firma del contrato cuando fuese requerido para ello.
QUINTO.-Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto
SEXTO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.
CONSEJERO DEL AREA DE URBANISMO VIVIENDA, ARQUITECTURA Y MEDIO AMBIENTE
Fdo.: Carlos Pérez Anadón.
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