Alquiler, montaje, mantenimiento, desmontaje y vigilancia de casetas-stands para el desarrollo de la venta ambulante durante las fiestas del Pilar y Navidad de 2010-2011: Adjudicación

Expediente: 0291899/10

DECRETO DE LA ILMA. SRA. CONSEJERA DEL ÁREA DE ACCIÓN SOCIAL Y SERVICIOS PÚBLICOS EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A 4 DE OCTUBRE DE 2010.

Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, esta Consejera del Área de Acción Social y Servicios Públicos, en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009, resuelve lo siguiente:

PRIMERO.- Adjudicar, por procedimiento abierto, el servicio de "ALQUILER, MONTAJE, MANTENIMIENTO, DESMONTAJE Y VIGILANCIA DE CASETAS-STANDS PARA EL DESARROLLO DE LA VENTA AMBULANTE DURANTE LAS FIESTAS DEL PILAR Y NAVIDAD DE 2010-2011", cuyo presupuesto de licitación es de 213.494,40 euros (I.V.A. excluido); 247.653,50 euros (I.V.A.incluido), a JUAN CARLOS MORA GIL con N.I.F 17.870.288 R y con domicilio en C/ Cineasta Carlos Saura nº 6, 6º C, por la cantidad de 211.792,00 (I.V.A. excluido); 249.914,56 (I.V.A. incluido) para los 2 años de duración del contrato, por ser la oferta económicamente más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con el baremo recogido en los pliegos de cláusulas administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitación, y conforme al siguiente desglose:

Precio unitario por caseta (134+90): 379,00 euros (I.V.A. excluido); 447,22 euros (I.V.A. del 18% incluido) Comprende el Precio Unitario por caseta mas el precio total de los servicios de mantenimiento y vigilancia dividido entre 224 (Número inicial de casetas en las dos ferias).

Precio del servicio de vigilancia y mantenimiento

  • Feria del Pilar: 12.562,50 euros (I.V.A. excluido); 14.823,75 euros (I.V.A. del 18% incluido)
  • Feria de Navidad: 8.437,50 euros (I.V.A. excluido); 9.956,25 euros (I.V.A. del 18% incluido)

Precio por unidad de caseta completa (incluido todo): 472,75 euros (I.V.A. excluido); 557,85 euros (I.V.A. del 18% incluido).

  • Plazo de montaje: 4 días
  • Plazo de desmontaje: 2 días (a partir de que las casetas estén totalmente desalojadas por los expositores).
  • Plazo de reposición y reparación: de inmediato (dentro del horario de mantenimiento - 8 horas), y después de ese horario, las averías leves se repararán en el momento de entrada del mantenimiento. Si la avería es de importancia, se reparará en el acto (aunque esté fuera de horario).
    • Asimismo se instalará 1 caseta-stand exclusivamente para el uso del personal de mantenimiento; dentro se dejarán elementos de repuesto correspondientes al montaje para una mayor diligencia en la posible reparación.
    • Existe un teléfono 24 h. para la atención inmediata (horario comercial: 11:00 h. a 14:00 h. y 17:00 h. a 22:00 h.), pudiéndose modificar el horario siempre y cuando no exceda de 8 horas.

Las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de la selección de su oferta son fundamentalmente una mejor oferta en el precio total, una reducción en el plazo global de montaje y desmontaje y unas mejores condiciones de reposición y reparación de lo que se ha derivado una mayor puntuación en los criterios sujetos a fórmula aritmética y una puntuación mayor en la global.

Dichos trabajos se ejecutarán con sujeción a los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica Municipal.

SEGUNDO.- El gasto derivado del contrato para el presente ejercicio se satisfará con aplicación a la partida presupuestaria siguiente: 10/MER/431/20200 "Alquileres y Mantenimiento Stands Ambulantes" RC:100824. La vigencia del contrato para el resto de los ejercicios a los que se extiende la duración del mismo, quedará condicionada a la existencia de consignación presupuestaria adecuada y suficiente en los presupuestos anuales correspondientes.

TERCERO.- El adjudicatario comparecerá, dentro de los QUINCE DÍAS hábiles siguientes a la recepción de la notificación de la adjudicación, para la firma del contrato cuando fuera requerido para ello.

CUARTO.- Notificar el presente acuerdo a todas las empresas que han intervenido en la licitación.

QUINTO.- Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Acuerdo.

SEXTO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

LA CONSEJERA DEL ÁREA DE ACCIÓN SOCIAL Y SERVICIOS PUBLICOS

Fdo.: Carmen Dueso Mateo

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