Servicios de asistencia técnica para asistencia a usuarios software libre: Adjudicación Definitiva

Expediente: 0807160/10.

DECRETO DEL ILMO. SR. VICEALCALDE-CONSEJERO DEL ÁREA DE PRESIDENCIA ECONOMÍA Y HACIENDA. EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A 22 DE SEPTIEMBRE DE 2010.

Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, con la conformidad de la Jefatura del Departamento de Contratación y Patrimonio, este VICEALCALDE-CONSEJERO DEL ÁREA DE PRESIDENCIA ECONOMÍA Y HACIENDA, en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009, resuelve lo siguiente:

PRIMERO.- Adjudicar definitivamente, por procedimiento Negociado sin publicidad, los "SERVICIOS DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA ASISTENCIA A USUARIOS SOFTWARE LIBRE", cuyo presupuesto de licitación es de 43.965,00 euros (I.V.A. excluido); 50.999,40 euros (I.V.A. incluido), a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con el baremo recogido en los pliegos de cláusulas administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitación y que corresponde a la formulada por la empresa INSTRUMENTACIÓN Y COMPONENTES, SA con C.I.F A50086412 y con domicilio en PLATAFORMA LOGÍSTICA (PLA-ZA)C/ ALAÚN, 8 50197 ZARAGOZA por la cantidad de 43.092,00 euros (I.V.A. excluido); 50.848,56 euros (I.V.A. incluido) para los 9 meses de duración del contrato.

Dichos trabajos se ejecutarán con sujeción a los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica Municipal.

SEGUNDO.- El gasto derivado del contrato para el presente ejercicio se satisfará con aplicación a la partida presupuestaria 10/CYT/920/22797 "Asistencia técnica migración software abierto" RC: 101068

TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los DIEZ DÍAS hábiles siguientes a la recepción de la notificación de esta resolución comparezca para la firma del contrato cuando fuese requerido para ello.

CUARTO.- Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.

QUINTO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

EL VICEALCALDE-CONSEJERO DEL ÁREA DE PRESIDENCIA ECONOMÍA Y HACIENDA
Fdo.: Fernando Gimeno Marín

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