Colaboración e Inserción publicitaria en los periódicos Crónica de Zaragoza Distrito Rural Norte y Crónica de Zaragoza Distrito Rural Oeste-Utebo: Adjudicación Definitiva

Expediente: 0435684/10.

DECRETO DEL ILMO. SR. VICEALCALDE-CONSEJERO DEL ÁREA DE PRESIDENCIA ECONOMÍA Y HACIENDA. EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A 14 DE JULIO DE 2010.

Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, con la conformidad de la Jefatura del Departamento de Contratación y Patrimonio, este VICEALCALDE-CONSEJERO DEL ÁREA DE PRESIDENCIA, ECONOMÍA Y HACIENDA, en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009, resuelve lo siguiente:

PRIMERO.- Adjudicar definitivamente, por procedimientoNegociado sin publicidad, ni concurrencia el servicio de COLABORACIÓN E INSERCIÓN PUBLICITARIA EN LOS PERIÓDICOS CRÓNICA DE ZARAGOZA DISTRITO RURAL NORTE Y CRÓNICA DE ZARAGOZA DISTRITO RURAL OESTE-UTEBO, a la empresa COMUNICACIÓN Y MEDIOS DE ARAGÓN S.L. con domicilio en Zaragoza, c/ Hernán Cortés, 37 y C.I.F. B-50819655, por un importe de 38.135,59 euros (I.V.A. excluido); 45.000 euros (I.V.A. incluido), al tratarse de un contrato cuyo objeto sólo puede ser encomendado a un empresario determinado, por ser el único que imprime y distribuye esta publicación de manera gratuita, y por el periodo comprendido desde la fecha de formalización del contrato hasta 31 de diciembre de 2010.

Dichos trabajos se ejecutarán con sujeción a los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica Municipal.

SEGUNDO.- El gasto derivado del contrato para el presente ejercicio se satisfará con aplicación a la partida presupuestaria 10-PCI-924-22602 CAMPAÑAS, SEMINARIOS, EDICIONES Y PUBLICACIONES y 2010-RUR-925-22602 INFORMACIÓN Y DIFUSIÓN BARRIOS RURALES, RC: 101018

TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los DIEZ DÍAS hábiles siguientes a la recepción de la notificación de esta resolución comparezca para la firma del contrato cuando fuese requerido para ello.

CUARTO.- Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.

QUINTO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

EL VICEALCALDE-CONSEJERO DEL ÁREA DE PRESIDENCIA ECONOMÍA Y HACIENDA
Fdo.: Fernando Gimeno Marín

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