Servicio de recogida, transportes y manipulación de la recaudación de Centros Deportivos Municipales: Adjudicación Definitiva

Expediente: 0862795/09.

DECRETO DEL ILMO. SR. CONSEJERO DEL ÁREA DE FOMENTO Y DEPORTES.EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A 21 DE JUNIO DE 2010.

Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, con la conformidad de la Jefatura del Departamento de Contratación y Patrimonio, este CONSEJERO DEL ÁREA DE FOMENTO Y DEPORTES, en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009, resuelve lo siguiente:

PRIMERO.- Desestimar el recurso especial en materia de contratación interpuesto por la empresa PROSEGUR COMPAÑIA DE SEGUROS S.A, por haber presentado la oferta fuera del plazo legal y del lugar de presentación establecido para ello tanto en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares como en el anuncio de licitación sin que haya habido variación en los razonamientos y consideraciones tenidos en cuenta en su exclusión en la adjudicación provisional.

SEGUNDO.-Adjudicar definitivamente, por procedimiento abierto, el SERVICIO DE RECOGIDA, TRANSPORTES Y MANIPULACIÓN DE LA RECAUDACIÓN DE LOS CENTROS DEPORTIVOS MUNICIPALES, cuyo presupuesto de licitación es de 191.561,68 euros (I.V.A. excluido); 222.211,55 euros (I.V.A. incluido), a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con el baremo recogido en los pliegos de cláusulas administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitación y que corresponde a la formulada por la empresa LOOMIS SPAIN, S.A. con C.I.F A-79493219 y con domicilio en C/ RETAMA, 3, PLANTA 13 28045 MADRID, para los 4 años de duración del contrato y por los siguientes precios unitarios:

  • Por entrega en cada Centro Deportivo Municipal de Lunes a Sábado: 21 euros (I.V.A.excluido), 24,26 euros (I.V.A. incluido)
  • Por entrega en cada Centro Deportivo Municipal de Domingo o festivo: 33, 8 euros (I.V.A.excluido), 39,21 euros (I.V.A. incluido)
  • Por cada 10.000 euros en billetes manipulados en el recuento específico, centro a centro, de las recaudaciones entregadas: 11,8 euros (I.V.A.excluido), 13,69 euros (I.V.A. incluido)
  • Por cada 10.000 euros en moneda manipulados en el recuento específico, centro a centro, de las recaudaciones entregadas: 44 euros (I.V.A.excluido), 51,04 euros (I.V.A. incluido)

Dichos trabajos se ejecutarán con sujeción a los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica Municipal.

TERCERO.- El gasto derivado del contrato para el presente ejercicio se satisfará con aplicación a la partida presupuestaria10-DEP-342-22799 CONTROL PABELLONES DEPORTIVOS RC:101164. La vigencia del contrato para el resto de los ejercicios a los que se extiende la duración del mismo, quedará condicionada a la existencia de consignación presupuestaria adecuada y suficiente en los presupuestos anuales correspondientes.

CUARTO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los DIEZ DÍAS hábiles siguientes a la recepción de la notificación de esta resolución comparezca para la firma del contrato cuando fuese requerido para ello.

QUINTO.- Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.

SEXTO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

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