Cesión de uso del aprovechamiento de pastos de los montes patrimoniales del Excmo. Ayuntamiento de Zaragoza: Adjudicación Definitiva
Expediente: 999.411/08
DECRETO DEL ILMO. SR. CONSEJERO DEL ÁREA DE HACIENDA, ECONOMÍA Y RÉGIMEN INTERIOR, EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A 4 DE FEBRERO DE 2009
Vista la documentación obrante en el expediente y el informe y propuesta del Departamento de Contratación y Patrimonio, este Consejero del Área de Hacienda, Economía y Régimen Interior, en virtud de la Ley 57/2003 de 16 de diciembre y el Acuerdo del Gobierno Local de fecha de 20 de diciembre de 2007, resuelve lo siguiente:
PRIMERO.- Rechazar las ofertas presentadas para el Monte Realengo- Vedado de Peñaflor, el Monte Plana de Zaragoza y el Monte Vales de Cadrete, al ser inferiores al tipo licitatorio.
SEGUNDO.- Iniciar un nuevo procedimiento negociado para la adjudicación del Monte Realengo-Vedado de Peñaflor manteniendo las mismas condiciones que han regido la licitación.
TERCERO.- Iniciar un nuevo procedimiento negociado para la adjudicación del Monte Plana de Zaragoza y el Monte Vales de Cadrete, con el nuevo Pliego de Condiciones Técnicas elaborado por la Unidad de Montes y Areas Naturales, en el que se modifica únicamente los tipos licitatorios, manteniendo el resto de condiciones del Pliego que ha regido el procedimiento así como las cláusulas económico-administrativas.
CUARTO.- Adjudicar el contrato de cesión de uso para su aprovechamiento ganadero de las parcelas rústicas patrimoniales del Ayuntamiento de Zaragoza ubicadas en el Monte Litigio, a D. Elías Laborda Perún, con domicilio en Plaza España nº 3 de Mediana de Aragón, por un importe anual de 2.600 euros, siendo el plazo de duración del contrato de cuatro años.
Dicha cesión de uso se someterá a lo establecido en los Pliegos de Condiciones Técnicas y Administrativas.
QUINTO.- Durante el período de vigencia de la cesión el precio de la adjudicación se actualizará anualmente, conforme al índice de precios al consumo que se publique oficialmente.
SEXTO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los diez días siguientes a la recepción de la notificación de la presente resolución, constituya en la Tesorería Municipal la garantía definitiva conforme se establece en el pliego de Condiciones económico-administrativas, siendo la cuantía de la misma de 130 euros.
Asimismo comparecerá para la firma del correspondiente contrato administrativo cuando fuera requerido para ello.
SEPTIMO- De las superficies municipales objeto de cesión para su aprovechamiento ganadero se excluyen los terrenos forestales naturales o repoblados; eriales, salvo pastos de ganado habituales; las viñas, salvo indicación en contrario del arrendatario; y las plantaciones de arbolado de menos de 5 años.
OCTAVO.- Dar traslado de la presente resolución a los interesados que se refieren en la presente resolución, al Servicio de Tesorería, al Servicio de Control de Legalidad, al Servicio de Gestión Tributaria, a la Unidad de Montes y Areas Naturales, y a las Juntas Vecinales.
NOVENO.- Este Consejero de Hacienda, Economía y Régimen Interior, será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente acuerdo.
EL CONSEJERO DELEGADO DEL ÁREA DE HACIENDA, ECONOMÍA Y RÉGIMEN INTERIOR
Fdo.: Francisco Catalá Pardo
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