Conexión del colector del barrio de Movera al emisario del polígono de Malpica: Adjudicación Definitiva

Expediente 741917/05

El Gobierno de Zaragoza con fecha 28 de mayo de 2010, ha aprobado el siguiente acuerdo:

PRIMERO.- Adjudicar definitivamente, por procedimiento abierto, las obras de CONEXION DEL COLECTOR DEL BARRIO DE MOVERA AL EMISARIO DEL POLIGONO DE MALPICA, cuyo presupuesto de licitación es de 1.376.914,79 euros (I.V.A. excluido); 1.597.221,16 euros (I.V.A. incluido), a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con el baremo recogido en los Pliegos de Cláusulas Administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitación y que corresponde a la formulada por la empresa CONSTRUCCIONES MARIANO LOPEZ NAVARRO, S.A.U. con C.I.F:A-50316595 y con domicilio en c/ Uncastillo 19, bajos - 50008 - Zaragoza, por la cantidad de 881.225,00 euros (I.V.A. excluido) a la que se le adicionará la cantidad de 140.996,00 euros, lo que supone un total de 1.022.221,00 euros (I.V.A. incluido) y un plazo de ejecución de 6 meses.

Dichas obras se ejecutarán con sujeción al proyecto, a los Pliegos de Cláusulas Administrativas y Técnicas Particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica Municipal (Servicio del Ciclo del Agua).

SEGUNDO.- El gasto derivado de la ejecución del contrato se satisfará con aplicación a la partida presupuestaria: INF/161/60201 "Programa M. Ambiente y D. Sostenible. P.O.F Cohesión Feder (PLU 09-08) RC: 100172, con la siguiente distribución del gasto:

  • Año 2010 1.100.000,00
  • Año 2011 497.222,00

TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los DIEZ DÍAS hábiles siguientes a la recepción de la notificación de este Decreto comparezca para la firma del contrato cuando fuese requerido para ello.

CUARTO.- Autorizar al Consejero de Cultura y Grandes Proyectos o miembro de la Corporación que legalmente le sustituya, para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Acuerdo, incluida la relativa a seguridad y salud.

QUINTO.- El presente acuerdo deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

SEXTO.- La presente obra se financiará al 80% por el Fondo de Cohesión de la Unión Europea mediante el Programa Operativo Fondo de Cohesión Feder 2007-2013, y deberá cumplir con las obligaciones de publicidad previstas en el Rgto. (CE) 1828/2006 de la Comisión

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