Suministro de 6 ordenadores tipo 1 para la nueva casa de juventud de San Juan de Mozarrifar: Adjudicación Provisional
Expediente: 0375935/10
DECRETO DE LA SRA. CONCEJAL DELEGADA DE JUVENTUD Y DEL VOLUNTARIADO. EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A 5 DE MAYO DE 2010.
Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio Contratación, esta Concejal Delegada de Juventud y del Voluntariado, en virtud de las atribuciones delegadas por la Junta de Gobierno Local mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2010, resuelve lo siguiente:
PRIMERO.- Aprobar los tramites realizados para la adquisición mediante procedimiento negociado del suministro de "6 ORDENADORES TIPO 1 PARA LA NUEVA CASA DE JUVENTUD DE SAN JUAN DE MOZARRIFAR", incluido en el ACUERDO MARCO DEL SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE ORDENADORES E IMPRESORAS DESTINADOS A LOS SERVICIOS DEL AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA Y ENTIDADES ADHERIDAS aprobado por Consejero del Área de Presidencia y Acción Social en fecha 13 de mayo de 2009.
SEGUNDO.- Adjudicar provisionalmente el suministro de "6 ORDENADORES TIPO 1 PARA LA NUEVA CASA DE JUVENTUD DE SAN JUAN DE MOZARRIFAR", a la firma comercial INSTRUMENTACION Y COMPONENTES S.A. con domicilio en Plataforma Logística de Zaragoza C/ Alaun 8, C.I.F. A50086412, por un importe de 3.956,76 euros (I.V.A. incluido).
TERCERO.- Las condiciones que deben regir el suministro son las relativas al ACUERDO MARCO DEL SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE ORDENADORES E IMPRESORAS DESTINADOS A LOS SERVICIOS DEL AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA Y ENTIDADES ADHERIDAS cuyos pliegos de condiciones administrativas y técnicas fueron aprobadas por Decreto del Consejero del Área de Presidencia y Acción Social en fecha 13 de mayo de 2009.
Asimismo, se seguirán las instrucciones cursadas por el Servicio de Redes y Sistemas.
CUARTO.- El gasto derivado del presente contrato de suministro, se atenderá con cargo a la partida presupuestaria 10 JUV 337 62905 "EQUIPAMIENTOS E INFRAESTRUCTURAS JUVENILES", RC: 100244, abonándose previa presentación de factura debidamente conformada.
QUINTO.- Comunicar el presente Decreto a la firma adjudicataria.
SEXTO.- Este Coordinador será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del Decreto.
SEPTIMO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.
LA CONCEJAL DELEGADA DE JUVENTUD Y DEL VOLUNTARIADO
Fdo.: Mª Isabel López González
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