FEESL-Z-10-7-2 Servicio de Dirección de Obra de Red Multiservicio de Banda Ancha Móvil de Protección y Conservación Patrimonial, en Vía Hispanidad 20, Zaragoza 50.009: Adjudicación Definitiva

Expediente: 0152698/10, Z-10-7-2,17875

DECRETO DEL ILMO. SR. CONSEJERO DEL ÁREA DE PRESIDENCIA Y ACCIÓN SOCIAL.EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A 13 DE MAYO DE 2010.

Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, este Consejero del Área de Presidencia y Acción Social, en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009, resuelve lo siguiente:

PRIMERO.- Adjudicar definitivamente, por procedimiento abierto, tramitación urgente, el servicio de "FEESL-Z-10-7-2 SERVICIO DE DIRECCIÓN DE OBRA DE RED MULTISERVICIO DE BANDA ANCHA MÓVIL DE PROTECCIÓN Y CONSERVACIÓN PATRIMONIAL, EN VÍA HISPANIDAD 20 ZARAGOZA 50009", cuyo presupuesto de licitación es de 100.000,00 euros (I.V.A. excluido); al que se adicionará la cantidad de 16.000,00 euros en concepto de I.V.A., lo que supone un total de 116.000,00 euros (I.V.A. incluido), a la única oferta presentada a la licitación, la cual cumple los requisitos exigidos en los Pliegos, y que corresponde a la formulada por la empresa NAE COMUNICACIONS S.L. con C.I.F.: B-63442701 y con domicilio en c/ Urgell, 204, 1º B, 08036 Barcelona, por la cantidad de 90.000,00 euros (I.V.A. excluido); al que se adicionará la cantidad de 14.400,00 euros en concepto de I.V.A., lo que supone un total de 104.400,00 euros (I.V.A. incluido). Al tratarse de un contrato complementario del contrato "FEESL-Z-10-7-1 Obras de Red Multiservicio Banda Ancha Móvil Protección y Conservación Patrimonial, en Vía Hispanidad 20 Zaragoza 50009", el plazo de vigencia del mismo será el de la duración del contrato principal, ampliándose el tiempo necesario para la expedición de la certificación final, una vez finalizada el acta de recepción.

De acuerdo con su oferta el número total de personas a ocupar para la ejecución del servicio será de 12, de las cuales las 12 personas forman parte de la empresa.

Dichos trabajos se ejecutarán con sujeción a los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica.

SEGUNDO.- El gasto derivado de la prestación del presente servicio será financiado con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local aprobado por Real Decreto Ley 13/2009, de 26 de octubre. Dicho servicio ha sido autorizado por el Secretario de Estado de Cooperación Territorial con fecha 25 de febrero de 2010.

TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los CINCO DÍAS hábiles siguientes a la recepción de la notificación de esta resolución comparezca para la firma del contrato cuando fuese requerido para ello.

CUARTO.- Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto

QUINTO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

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