Construcción Escuela Infantil Parque Bruil-Z-10-65-1: Adjudicación Provisional
Z-10-065.1 0154359/10
AL GOBIERNO DE ZARAGOZA:
En fecha 2 de marzo de 2010, el Gobierno de Zaragoza, resolvió aprobar el expediente de contratación disponiendo el inicio del procedimiento de adjudicación de las obras de CONSTRUCCION ESCUELA INFANTIL PARQUE BRUIL, FEESL-65.1, por procedimiento abierto, tramitación urgente, con un presupuesto de licitación de 4.128.262,07 euros (I.V.A. Excluido); al que se adicionará la cantidad de 660.521,93 euros en concepto de I.V.A., lo que supone un total de 4.788.784,00 euros (I.V.A.incluido), y un plazo de ejecución de siete meses (210 días naturales).
El día 29 de marzo de 2010, se reunió la Mesa de Contratación para proceder, en primer lugar a la calificación de la documentación administrativa presentada por los licitadores, resultando todos admitidos. Seguidamente y, en acto público, se informó a las empresas que todas habían sido admitidas a la licitación, procediendose, a continuación, a la apertura del sobre que contiene la documentación cuya valoración depende de un juicio de valor, acordándose en ese momento remitir las ofertas junto con el expediente a informe técnico.
Reunida de nuevo la Mesa de Contratación, en fecha 7 de abril de 2010, se dió cuenta a los licitadores del resultado de la valoración técnica, acordándose excluir a todas aquéllas empresas que han introducido en el sobre nº 3, datos o documentación que debían aportarse en el sobre número 2, al ser criterios a valorar mediante mediante fórmulas aritméticas, todo ello de conformidad con la cláusula 15. B) del pliego de cláusulas administrativas particulares que establece que "los licitadores que incluyan cualquiera de los aludidos aspectos en un sobre distinto a éste quedarán excluidos de la licitación por violación del principio de secreto de proposiciones hasta el momento de su apertura. Seguidamente se continuó el acto con la apertura del sobre nº 2 de aquellas empresas admitidas a la licitación.
Posteriormente se remitieron las ofertas para su valoración al Área de Urbanismo, Vivienda, Arquitectura y Medio Ambiente para la elaboración del informe técnico correspondiente al sobre nº 2 y la puntuación final sumando los puntos de todos los criterios.
De la comprobación por parte del Servicio Técnico (Unidad de Gestión de Proyectos III) de la proposición económica resulta que la empresa Constructora San José, S.A., estaba incursa en temeridad, por razón del precio, por lo que, en fecha 8 de abril de 2010, se le solicita la justificación de la misma, concediéndole un plazo hasta el día 13 de abril de 2010, todo ello de conformidad con lo establecido en el art. 136.3 de la Ley 30/07, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. En consecuencia y, de acuerdo con lo previsto en el art. 145.3 de la citada normativa, el plazo para la adjudicación queda ampliado en ocho días hábiles ( al tramitarse por procedimiento de urgencia). La justificación presentada es informada desfavorablemente por el Servico técnico, por las razones que se determinan en el informe que obra en expediente.
En fecha 22 de abril de 2010, se remite por parte del Servicio técnico, el informe sobre la valoración del sobre nº 2 y la suma de los criterios técnicos y económicos, dándose cuenta del mismo a la Mesa de Contratación celebrada el 27 de abril de 2010, proponiéndose la adjudicación a la oferta más ventajosa para los intereses municipales que es la de la empresa MARCOR EBRO, S.A., por la cantidad de 3.921.848,97 euros (I.V.A. excluido) al que se adicionará la cantidad de 627.495,84 euros en concepto de I.V.A., lo que supone un total de 4.549.344,81 euros (I.V.A. incluido), el plazo de ejecución, las mejoras-variantes, los años de garantía adicional, el personal y las mejoras incluidas en su oferta.
Las obras contenidas en el Proyecto serán financiadas con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local aprobado por Real Decreto Ley 13/2009, de 26 de octubre. Dicho Proyecto ha sido autorizado por el Secretario de Estado de Cooperación Territorial con fecha 12 de febrero de 2010.
A tenor de lo establecido en la Disposición adicional segunda, apartado 3, de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos de Sector Público, las competencias relativas a las contrataciones y concesiones, incluidas las de carácter plurianual, corresponden a la Junta de Gobierno Local, por lo que este Servicio entiende que debe someterse a aprobación del Gobierno de Zaragoza el siguiente acuerdo:
PRIMERO.- Excluir del procedimiento relativo a la contratación de las obras consistentes en CONSTRUCCION ESCUELA INFANTIL PARQUE BRUIL, FEESL-65.1 a los siguientes licitadores por haber incluido en el sobre número 3 datos de la obra ofertada que debían aportarse en el sobre número 2, ya que son criterios a valorar mediante fórmulas aritméticas, de conformidad con la cláusula 15.B) del pliego de cláusulas administrativas particulares que establece que los licitadores que incluyan cualquiera de los aludidos aspectos en un sobre distinto a éste quedarán excluidos de la licitación por violación del principio de secreto de proposiciones hasta el momento de su apertura:
- Corsán-Corviám Construcción, S.A. (Isolux Corsán): Por haber incluido en el sobre 3 las mejoras-variantes.
- Norteña de Construcciones, S.A.: Por haber incluido en el sobre 3 las mejoras-variantes.
- Arascón Vías y Obras, S.A.: Por haber incluido en el sobre 3 las mejoras-variantes.
- Coperfil Group, S.A.: Por haber incluido en la previsión de certificaciones su oferta económica.
- Gótico Construcciones y Rehabilitaciones, S.A.: Por haber presentado la totalidad del sobre número 2 en el lugar del sobre número 3.
SEGUNDO.- Excluir de dicho procedimiento a los siguientes licitadores por haber incluido en el sobre número 2 una oferta con reducción del plazo de ejecución cuando, de conformidad con lo establecido en la cláusula 15 C) del pliego de cláusulas administrativas particulares, dicho plazo no podía ser reducido en ningún caso.
- Obras Civiles Codesport, S.A.U.
- Acciona Infaestructuras, S.A.
TERCERO.- Excluir, así mismo, del procedimiento a la empresa CONSTRUCTORA SAN JOSÉ, S.A., por estar incursa en temeridad, en razón del precio, y no haber sido ésta justificada debidamente.
CUARTO.- Adjudicar provisionalmente, por procedimiento abierto, tramitación urgente, las obras de CONSTRUCCION DE LA ESCUELA INFANTIL PARQUE BRUIL, FEESL-65.1, (sita en C/ Albero Murillo s/n ZARAGOZA 50002) cuyo presupuesto de licitación es de 4.128.262,07 euros (I.V.A. excluido); al que se adicionará la cantidad de 660.521,93 euros, en concepto de I.V.A., lo que supone un total de 4.788.784,00 euros (I.V.A.incluido), a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con el baremo recogido en los pliegos de cláusulas administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitación al haber obtenido la mayor puntuación y que corresponde a la formulada por la empresa MARCOR EBRO, S.A. (con C.I.F: A-50059179 y con domicilio en Zaragoza, Carretera de Madrid Km. 315.8 (Edif. Expozaragoza) por la cantidad de 3.921.848,97 euros (I.V.A. excluido) al que se adicionará la cantidad de 627.495,84 euros en concepto de I.V.A., lo que supone un total de 4.549.344,81 euros (I.V.A. incluido), un plazo de ejecución de las obras de 210 días naturales, un plazo de garantía adicional de dos años, las mejoras variantes 1 y 2 establecidas en los Pliegos y demás mejoras recogidas en su oferta.
De acuerdo con su oferta el número total de personas a ocupar para la ejecución de la obra será de 128, de las cuales 6 personas es personal de nueva contratación proveniente de desempleo de larga duración con un total de 906 jornadas; 102 personas provenientes del desempleo con un total de 15.402 jornadas y 20 personas de mantenimiento de empleo con un total de 3.020 jornadas.
Dichas obras se ejecutarán con sujeción al proyecto, pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas obrantes en el expediente, oferta de la empresa, incluidas las mejoras propuestas e instrucciones que curse la Dirección Técnica de las Obras.
QUINTO.- El gasto derivado de las obras incluidas en el Proyecto será financiado con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local aprobado por Real Decreto Ley 13/2009, de 26 de octubre. Dicho Proyecto ha sido autorizado por el Secretario de Estado de Cooperación Territorial con fecha 12 de febrero de 2010.
SEXTO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los DIEZ DÍAS siguientes a la publicación de esta adjudicación en el perfil del contratante, constituya en la Tesorería Municipal en la forma prevista en el pliego de cláusulas administrativas particulares la cantidad de 196.092,45 euros, en concepto de garantía definitiva, todo ello para responder de las estipulaciones del contrato y de la efectividad de las responsabilidades que pudieran derivarse de su gestión, lo que acreditará en el Servicio de Contratación mediante la presentación del correspondiente resguardo.
Asimismo, deberá presentar en el citado Servicio justificante de haber abonado en la Tesorería Municipal el importe de los gastos para el control y seguimiento de los objetivos exigidos en el F.E.E.S.L. (19.609,24 euros) y los gastos de difusión y comunicación (11.765,54 euros) a los que se hace referencia en la clausula 11 del Pliego de Clausulas Administrativas Particulares.
Deberá presentar, además, en el citado Servicio justificante de haber abonado en la Tesorería Municipal el importe de 493,64 euros en concepto de pago por la inserción de anuncio en el B.O.A.
El adjudicatario deberá abonar en el Colegio Oficial de Arquitectos, el gasto relativo a la elaboración del Proyecto de Obras, previsto en la cláusula 11 del citado pliego, debiendo entregar el justificante de su abono en el Servicio de Contratación con carácter previo a la formalización del contrato.
El contratista aportará los datos siguientes:
- Número de trabajadores de la empresa, especificando si se trata de una micro empresa, pequeña, mediana o gran empresa o autónomo.
- Sector de la actividad al que pertenece.
SÉPTIMO.- Notificar el presente acuerdo a todas las empresas que han intervenido en la licitación y publicar el mismo en el perfil del contratante.
OCTAVO.- Facultar al Sr. Consejero de Urbanismo, Vivienda, Arquitectura y Medio Ambiente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente acuerdo, sin perjuicio de las competencias delegadas por acuerdo del Gobierno de Zaragoza, de fecha de 12 de enero de 2010, en el Consejero del Área de Hacienda, Economía y Régimen Interior.
NOVENO.- El presente acuerdo deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente
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