Dirección Facultativa de las obras correspondientes al proyecto en C.M.F. la cartuja baja. Edificio Servicios Remodelación. C/ Autonomía de Aragón s/n Zaragoza 50720- barrio de la Cartuja Baja.FEESL-Z-10.44.2: Adjudicación Provisional

Expte. 153584/10 Z-10-44.2

El Sr. Consejero del Área de Fomento y Deportes, con fecha 7 de abril de 2010, ha dictado el siguiente decreto:

PRIMERO.- Adjudicar provisionalmente, por procedimiento negociado sin publicidad, tramitación urgente, el servicio de DIRECCIÓN FACULTATIVA DE LAS OBRAS CORRESPONDIENTES AL PROYECTO EN C.M.F. LA CARTUJA BAJA. EDIFICIO SERVICIOS REMODELACIÓN. C/ AUTONOMÍA DE ARAGÓN S/N ZARAGOZA 50720- BARRIO DE LA CARTUJA BAJA.-FEESL-Z-10.44.2-, cuyo presupuesto de licitación es de 18.965,00 euros (I.V.A excluido); al que se adicionará la cantidad de 3.034,40 euros en concepto de I.V.A., lo que supone un total de 21.999,40 euros (I.V.A.incluido), a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con los criterios de valoración recogidos en los Pliegos de Cláusulas Administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitación y que corresponde a la formulada por la empresa PEMÁN Y FRANCO ARQUITECTOS, S.C.P con C.I.F: J-50830959 y con domicilio en D. Jaime I,37, 3º I-50003 - por la cantidad de 17.068,50 euros (I.V.A. excluido); al que se adicionará la cantidad de 2.730,96 euros en concepto de I.V.A., lo que supone un total de 19.799,46 euros (I.V.A. incluido), y un plazo de duración del contrato condicionado a la duración de las obras de referencia, incluida la certificación final.

De acuerdo con su oferta el número total de personas a ocupar para la ejecución del servicio será de tres personas correspondientes a mantenimiento de empleo.

Dichos trabajos se ejecutarán con sujeción a los Pliegos de Cláusulas Administrativas y Técnicas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica.

SEGUNDO.- El gasto derivado de la prestación del presente servicio será financiado con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local aprobado por Real Decreto Ley 13/2009, de 26 de octubre. Dicho servicio ha sido autorizado por el Secretario de Estado de Cooperación Territorial con fecha 22 de febrero de 2010.

TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los DIEZ DÍAS siguientes a la publicación de esta adjudicación en el perfil del contratante, constituya en la Tesorería Municipal en la forma prevista en el pliego de cláusulas administrativas particulares la cantidad de 853,43 euros, en concepto de garantía definitiva, todo ello para responder de las estipulaciones del contrato y de la efectividad de las responsabilidades que pudieran derivarse de su gestión, lo que acreditará en el Servicio de Contratación mediante la presentación del correspondiente resguardo.

Asimismo, deberá presentar en el citado Servicio justificante de haber abonado en la Tesorería Municipal el importe de los gastos para el control y seguimiento de los objetivos exigidos en el F.E.E.S.L. (68,27 euros) a los que se hace referencia en la clausula 11 del Pliego de Clausulas Administrativas Particulares.

El contratista aportará los datos siguientes:

  • Número de trabajadores de la empresa, especificando si se trata de una micro empresa, pequeña, mediana o gran empresa o autónomo.
  • Sector de la actividad al que pertenece.

CUARTO.- Notificar el presente Decreto a todas las empresas que han intervenido en la licitación y publicar el mismo en el perfil del contratante.

QUINTO.- Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.

SEXTO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

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