FEELS 10.59.1 Creación de un Espacio de Innovación Ciudadana Sostenible y Seguro en el Pabellón del Agua digital (Digital Water Pavilion),ubicado en Avda. de Francia, s/n ZARAGOZA 50003: Adjudicación Provisional

Z- 10.59.1 154091/2010

DECRETO DEL ILMO. SR. CONSEJERO DEL ÁREA DE PRESIDENCIA Y ACCIÓN SOCIAL.- EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A VEINTITRES DE MARZO DE DOS MIL DIEZ.

Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, este Consejero del Área de Presidencia y Acción Social, en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009, resuelve lo siguiente:

PRIMERO.- Adjudicar provisionalmente, por procedimiento negociado sin publicidad, tramitación urgente, las obras de "CREACIÓN DE UN ESPACIO DE INNOVACIÓN CIUDADANA SOSTENIBLE Y SEGURO EN EL PABELLÓN DEL AGUA DIGITAL (DIGITAL WATER PAVILION)", ubicado en Avda. de Francia, s/n ZARAGOZA 50003, con un presupuesto de licitación de 196.608,62 euros (I.V.A. excluido) al que se adicionará la cantidad de 31.457,38 euros en concepto de I.V.A., lo que supone un total de 228.066,00 euros (I.V.A. incluido), a la oferta más ventajosa para los intereses municipales que es la formulada por la empresa MARCO OBRA PÚBLICA, S.A., con CIF: A-22047591 y domicilio en Avda del Pilar, 31, 22500-Binefar (Huesca), por la cantidad de 192.676,45 euros (I.V.A. excluido) al que se adicionará la cantidad de 30.828,23 euros en concepto de I.V.A., lo que supone un total de 223.504,68 euros (I.V.A. incluido), un plazo de ejecución de las obras de 80 días naturales y un plazo de garantía adicional de dos años.

En cuanto al personal para la ejecución del contrato será, de acuerdo con la oferta del adjudicatario de 27 personas (de las cuales, 6 son desempleados de larga duración, 11 son desempleados y 10 de mantenimiento de empleo), siendo el desglose de jornadas el siguiente: 166 para los desempleados de larga duración, 178 jornadas para los desempleados y 158 para los de mantenimiento, con un total de 502 jornadas.

Dichas obras se ejecutarán con sujeción al proyecto, pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas obrantes en el expediente, oferta de la empresa, incluidas las mejoras propuestas, e instrucciones que curse la Dirección Técnica de las Obras.

SEGUNDO.- El gasto derivado de las obras incluidas en el Proyecto será financiado con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local aprobado por Real Decreto Ley 13/2009, de 26 de octubre. Dicho Proyecto ha sido autorizado por el Secretario de Estado de Cooperación Territorial con fecha 8 de febrero de 2010.

TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los DIEZ DÍAS hábiles siguientes a la publicación de esta adjudicación en el perfil del contratante, constituya en la Tesorería Municipal en la forma prevista en el pliego de cláusulas administrativas particulares la cantidad de 9.633,83 euros, en concepto de garantía definitiva, todo ello para responder de las estipulaciones del contrato y de la efectividad de las responsabilidades que pudieran derivarse de su gestión, lo que acreditará en el Servicio de Contratación mediante la presentación del correspondiente resguardo.

Asimismo, deberá presentar en el citado Servicio justificante de haber abonado en la Tesorería Municipal el importe de los gastos para el control y seguimiento de los objetivos exigidos en el F.E.E.S.L. (770,71 euros) y los gastos de difusión y comunicación (385,36 euros) a los que se hace referencia en la cláusula 11 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

El adjudicatario deberá abonar en el Colegio Oficial de Arquitectos de Aragón el gasto relativo a la elaboración del proyecto de obras según se establece, así mismo, en la cláusula 11 del citado Pliego, debiendo entregar el justificante de su abono en el Servicio de Contratación con caracter previo a la formalización del contrato.

CUARTO.- Notificar el presente Decreto a todas las empresas que han intervenido en la licitación y publicar el mismo en el perfil del contratante.

QUINTO.- Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.

SEXTO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

CONSEJERO DEL ÁREA DE PRESIDENCIA Y ACCIÓN SOCIAL,
Fdo.: Fernando Gimeno Marín.

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