Acondicionamiento de local en biblioteca en barrio de Monzalbarba: Adjudicación Provisional

1045659/09

DECRETO DEL SR. CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ACCIÓN SOCIAL. EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A DIEZ DE MARZO DE DOS MIL DIEZ.

Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, con la conformidad de la Jefatura del Departamento de Contratación y Patrimonio, este Consejero de Presidencia y Acción Social, en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009 y Decreto de la Alcaldía de fecha 22 de abril de 2009, resuelve lo siguiente:

PRIMERO.- Adjudicar provisionalmente, por procedimiento negociado sin publicidad, las obras de "ACONDICIONAMIENTO DE LOCAL EN BIBLIOTECA EN BARRIO DE MONZALBARBA" con un presupuesto de ejecución por contrata de 147.560,00 euros (I.V.A. excluido), a la empresa OBRAJALÓN, S.L., con domicilio en C/ Herrería, 17-A 50280 Calatorao (Zaragoza), por la cantidad de 140.182,00 euros (I.V.A. excluido), al que se adicionará el 16% de I.V.A. (22.429,12 euros), lo que supone un importe total de 162.611,12 euros (I.V.A. incluido), y con un plazo de ejecución de 2 meses.

Dichos trabajos se ejecutarán con sujeción a los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares, Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares Específicas obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica Municipal (Servicio de Distritos).

SEGUNDO.- Dicho gasto se satisfará con aplicación a la partida presupuestaria 2010-RUR-156-6090008 "PLAN DE OBRAS RURALES (DPZ)", documento contable RC: 100808.

TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los QUINCE DÍAS hábiles siguientes a la publicación de esta adjudicación en el perfil del contratante, constituya en la Tesorería Municipal en la forma prevista en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares la cantidad de 7.009,10 euros, en concepto de garantía definitiva, todo ello para responder de las estipulaciones del contrato y de la efectividad de las responsabilidades que pudieran derivarse de su gestión, lo que acreditará en el Servicio de Contratación, mediante la presentación del pertinente resguardo.

Así mismo, y con carácter previo a la firma del correspondiente contrato administrativo, para lo cual comparecerá cuando fuese requerido para ello, deberá presentar documento justificativo del pago de la póliza de responsabilidad, de acuerdo a lo indicado en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares Específicas.

CUARTO.- Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.

QUINTO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y ACCIÓN SOCIAL,
Fdo.: Fernando Gimeno Marín.

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