Recaudación mediante la instalación de terminales punto de venta en la dependencias de Recaudación Municipales: Adjudicación Provisional

Expediente: 0896672/09

DECRETO AL ILMO. SR. CONSEJERO DEL ÁREA DE HACIENDA, ECONOMÍA Y RÉGIMEN INTERIOR.- EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A 30 DE DICIEMBRE DE 2009.

Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, este Consejero del Área de Hacienda, Economía y Régimen Interior en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009, resuelve lo siguiente:

PRIMERO.- Excluir de la licitación del servicio de "RECAUDACION MEDIANTE LA INSTALACION DE TERMINALES PUNTO DE VENTA EN LA DEPENDENCIAS DE RECAUDACION MUNICIPALES" a la CAJA DE AHORROS DE LA INMACULADA, por no acreditar la garantía provisional ni la solvencia económica y técnica exigidas en los Pliegos de Clausulas Administrativas Particulares Específicas siendo insubsanables los citados defectos, de acuerdo con lo dispuesto en la clausula 9 del Pliego de Clausulas Administrativas Particulares.

SEGUNDO.- Adjudicar provisionalmente, por procedimiento abierto, el servicio de referencia, cuyo tipo de licitación es una comisión de cobro a percibir por la entidad instaladora sobre el total recaudado inferior al 1,00%, a la única oferta admitida a la licitación, la cual cumple los requisitos exigidos en los Pliegos y que corresponde a la formulada por la empresa BANCO SANTANDER, S.A., con C.I.F: A-39000013 y con domicilio en C/ Coso, 36-40, 1ª planta, por una comisión de cobro del 0,96% sobre el volumen de cobro.

Dichos trabajos se ejecutarán con sujeción a los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica Municipal.

TERCERO.- El gasto derivado del contrato, para el presente ejercicio, se satisfará con aplicación a la partida presupuestaria siguiente: 09 HYE 61213 22692 "GASTOS DE GARANTIAS Y DEL PROCEDIMIENTO RECAUDATORIO", RC:090097. La vigencia del contrato para el resto de los ejercicios a los que se extiende la duración del mismo, quedará condicionada a la existencia de consignación presupuestaria adecuada y suficiente en los presupuestos anuales correspondientes.

CUARTO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los QUINCE DÍAS siguientes a la publicación de esta adjudicación en el perfil del contratante, constituya en la Tesorería Municipal en la forma prevista en el pliego de cláusulas administrativas particulares la cantidad de 10.000,00euros, en concepto de garantía definitiva, todo ello para responder de las estipulaciones del contrato y de la efectividad de las responsabilidades que pudieran derivarse de su gestión, lo que acreditará en el Servicio de Contratación mediante la presentación del correspondiente resguardo.

Asimismo, deberá presentar en el citado Servicio justificante de haber abonado en la Tesorería Municipal el importe de 500,28 euros en concepto de pago por la inserción de anuncios en los correspondientes boletines oficiales.

QUINTO.- Notificar el presente Decreto a todas las empresas que han intervenido en la licitación.

SEXTO.- Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.

SEPTIMO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

EL CONSEJERO DEL ÁREA DE HACIENDA, ECONOMÍA Y RÉGIMEN INTERIOR

Fdo.: Francisco Catalá Pardo

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