Alquiler y mantenimiento de contenedores higiénicos y bacteriostáticos: Adjudicación Definitiva

Expediente: 0683465/09
DECRETO DEL LA SRA. CONCEJAL DELEGADA DE ACCIÓN SOCIAL Y DEL MAYOR. EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A 9 DE DICIEMBRE DE 2009.

Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, esta Concejal Delegada de Acción Social y del Mayor, en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009, resuelve lo siguiente:

PRIMERO.- Adjudicar definitivamente, por procedimiento negociado sin publicidad, el servicio de "ALQUILER Y MANTENIMIENTO DE CONTENEDORES HIGIÉNICOS Y BACTERIOSTÁTICOS", cuyo importe máximo estimado del contrato es de 33.599,16 euros al que se adicionará el I.V.A. (4.925,89), lo que supone un total de 38.526,00 euros (I.V.A. incluido), a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con el baremo recogido en los pliegos de cláusulas administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitación, al haber obtenido la mayor puntuación, y que corresponde a la formulada por la empresa INITIAL TEXTILES E HIGIENE, S.L. con C.I.F: B-85143154 y con domicilio en Polígono Malpica, Calle B, Parcela 93, Nave B2, 50.057 Zaragoza, por los siguientes precios unitarios:

CONCEPTOIMPORTE (I.V.A. excluido)IMPORTE (I.V.A. incluido)
Precio contenedor por trimestre8,25 euros8,83 euros
Precio bacteriostático por trimestre15,00 euros17,40 euros

Dichos trabajos se ejecutarán con sujeción a los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica Municipal.

SEGUNDO.- El gasto derivado del contrato, para el presente ejercicio, se satisfará con aplicación a la partida presupuestaria siguiente: 09 PMA 31351 22790 "GESTION, MANTENIMIENTO Y ACTIVIDADES CENTROS DE MAYORES", RC: 091524.

TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los DIEZ DÍAS hábiles siguientes a la recepción de la notificación de este Decreto comparezca para la firma del contrato cuando fuese requerido para ello.

CUARTO.- Esta Concejal será la competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.

QUINTO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

LA CONCEJAL DELEGADA DE ACCIÓN SOCIAL Y DEL MAYOR

Fdo.: Maria Isabel López González

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