Suministro de un Vehículo de Emergencia para el Servicio Contra Incendios, de Salvamento y Protección Civil: Adjudicación Definitiva
Expediente: 0880351/09
DECRETO DEL CONCEJAL DELEGADO DE PREVENCIÓN EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y PROTECCIÓN CIVIL. EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A 27 DE NOVIEMBRE DE 2009.
Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, con la conformidad de la Jefatura del Departamento de Contratación y Patrimonio, este CONCEJAL DELEGADO DE PREVENCIÓN EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y PROTECCIÓN CIVIL, en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009, resuelve lo siguiente:
PRIMERO.- Adjudicar definitivamente, por procedimiento negociado, el "SUMINISTRO DE UN VEHÍCULO DE EMERGENCA PARA EL SERVICIO CONTRA INCENDIOS, DE SALVAMENTO Y PROTECCION CIVIL", a la empresa ARTAL VEHICULOS ZARAGOZA S.L. , con domicilio en ZARAGOZA, LANGA DEL CASTILLO 8 por un importe de 39.224,14 euros (I.V.A. excluido); 45.500,00 euros (I.V.A. incluido).
SEGUNDO.- Las condiciones que deben regir el suministro son las relativas al DETERMINACIÓN DE TIPO DE VEHÍCULOS HOMOLOGADOS PARA LAS DISTINTAS DEPENDENCIAS DEL AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA. cuyos pliegos de condiciones administrativas y técnicas fueron aprobadas por acuerdo del Consejero del Área de Urbanismo Vivienda Arquitectura y Medio Ambiente de fecha 7 de Mayo de 2008.
Asimismo, se seguirán las instrucciones cursadas por el Servicio de Organización de Servicios Generales.
TERCERO.- El gasto derivado del contrato, para el presente ejercicio, se satisfará con aplicación a la partida presupuestaria siguiente: 09PEI 2241262400, ADQUISICION VEHICULOS BOMBEROS, según RC nº. 092081.
CUARTO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los DIEZ DÍAS hábiles siguientes a la recepción de la notificación de este Decreto comparezca para la firma del contrato cuando fuese requerido para ello.
QUINTO.- Este Concejal será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.
SEXTO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.
EL CONCEJAL DELEGADO DE PREVENCIÓN EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y PROTECCIÓN CIVIL
Fdo.: Laureano Garín Lanaspa
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