Lavado y planchado de la ropa de trabajo de los laboratorios del Instituto Municipal de Salud Pública: Adjudicación Definitiva

Expediente: 0236753/09

DECRETO DE LA ILMA. SRA. CONSEJERA DEL ÁREA DE SERVICIOS PÚBLICOS. EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A 9 DE DICIEMBRE DE 2009.

Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, esta Consejera del Área de Servicios Públicos, en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009, resuelve lo siguiente:

PRIMERO.- Adjudicar definitivamente, por procedimiento negociado sin publicidad, el servicio de "LAVADO Y PLANCHADO DE LA ROPA DE TRABAJO DE LOS LABORATORIOS DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE SALUD PÚBLICA", cuyo importe máximo del contrato es de 11.818,97 euros, al que se adicionará el 16 % de I.V.A. (1.891,03 euros), lo que supone un total de 13.710,00 euros, a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con el baremo recogido en los pliegos de cláusulas administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitación y que corresponde a la formulada por la empresa MINUEVAL S.L. con C.I.F: B-50397041 y con domicilio en Comuneros de Castilla, 11-13, 50.002 Zaragoza, por los siguientes precios unitarios:

CONCEPTO IMPORTE (I.V.A. excluido) IMPORTE (I.V.A. incluido)
Batas1,82 euros2,11 euros
Pantalones1,73 euros2,01 euros
Chaquetillas1,73 euros2,01 euros
Camisetas0,91 euros1,06 euros

La duración del contrato será de dos años.

Dichos trabajos se ejecutarán con sujeción a los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica Municipal.

SEGUNDO.- El gasto derivado del contrato, para el presente ejercicio, se satisfará con aplicación a la partida presupuestaria siguiente: 09 ISP 41325 22700 "SERVICIO DE LAVANDERIA", RC:090176.

TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los DIEZ DÍAS hábiles siguientes a la recepción de la notificación de este Decreto comparezca para la firma del contrato cuando fuese requerido para ello.

CUARTO.- Esta Consejera será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.

QUINTO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.

LA CONSEJERA DEL ÁREA DE SERVICIOS PÚBLICOS

Fdo.: Carmen Dueso Mateo

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