Trámites y Gestiones

Licencias para actividades musicales y artísticas en vía pública


Descripción

Tradicionalmente se viene autorizando el ejercicio de actividades musicales y artísticas en los espacios y terrenos públicos mediante Decreto emanado de la Consejería de Servicios Públicos de este Ayuntamiento. Dado el carácter anual de la vigencia de las autorizaciones que se otorgan, y ante la gran demanda que existe para su obtención, se entiende necesario convocar el oportuno procedimiento general con los criterios y determinaciones básicas para la tramitación y en su caso obtención de las autorizaciones demaniales referentes a actuaciones musicales y artísticas protagonizadas habitualmente, por personas que, de forma individual o en grupo, y sin constituir aquélla una actividad comercial, representan obras o actuaciones artísticas (mimo, esculturas vivientes, títeres y marionetas, teatro, malabares, caricaturistas, retratistas, y otras análogas), o interpretan sus canciones en espacios de titularidad o uso público, y que no se integran en un contexto de fiesta patronal o evento concreto.

El objetivo y propósito de tales procedimientos es compatibilizar el ejercicio de las manifestaciones artísticas y musicales que aportan colorido, animación y diversión a las calles y espacios públicos, con la necesaria convivencia y el derecho al descanso del resto de los vecinos, promoviendo para ello unos requisitos y estándares mínimos de calidad de las personas participantes, la preservación de los niveles sonoros ambientales y evitando prácticas nocivas y molestas para la ciudadanía como la mendicidad encubierta, los ruidos excesivos o dificultar el tránsito de viandantes por las aceras y espacios peatonales al ocupar espacios no apropiados para el desarrollo de actividades que en ocasiones poco, o nada, tienen que ver con la música o actuaciones artísticas.

MÁS INFORMACIÓN

Requisitos

Personas destinatarias. Requisitos

1. Son destinatarias aquellas personas físicas que realicen sus actividades musicales o artísticas, bien de forma individual, bien en grupo, con o sin instrumentos de acompañamiento o aparatos musicales, siempre que se ofrezcan espontánea y gratuitamente apelando, en su caso, a la dadivosidad del público ocasional, y que presenten en plazo la solicitud para participar en el procedimiento de obtención de autorización demanial para llevar a cabo las actuaciones en la vía pública que se detallan en el acuerdo CUARTO, que reúnan las siguientes condiciones:

  • a) Ser persona física. Los menores de edad deberán aportar autorización suscrita por su representante o representantes legales (Anexo IV), acompañada de una copia del documento identificativo de quién o quiénes complementen la capacidad jurídica del menor (DNI, NIE, Pasaporte, etc).
  • b) No estar incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad establecida en la Ley.
  • c) En el caso de extranjeros, estar en posesión de los correspondientes permisos de residencia.
  • d) Acreditar la solvencia económica, mediante la constitución del depósito previo de la tasa a que se refieren los acuerdos SÉPTIMO y DÉCIMO.

Más Información

Pago


Consulte Anexo VI

Plazo de Presentación


  • El plazo para la presentación del modelo normalizado que figura en el ANEXO III, acompañado de la documentación anexa, será de QUINCE días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza. A efectos de cómputo del plazo, se recuerda a los interesados que no deberán contarse los sábados, domingos ni festivos, de conformidad con lo previsto en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Publicado en el BOPZ de 22.01.2024
  • Solicitudes: del 23 de enero al 13 de febrero de 2024

No se admitirá solicitud para el ejercicio de actividades musicales o artísticas en la vía pública con anterioridad o posterioridad a las fechas oficiales establecidas en esta convocatoria. Únicamente en el caso de que en el plazo oficial estipulado en esta convocatoria se reciba un número de solicitudes inferior al número de autorizaciones disponibles se podrán admitir solicitudes presentadas con posterioridad a la fecha final del período de solicitud. En este caso, se tendrán en cuenta tantas solicitudes como sean necesarias para alcanzar el número total de autorizaciones, siguiendo como único criterio de adjudicación el orden de entrada de la solicitud en el registro municipal.

Formas de tramitación


Por Internet

Proceso.

Si dispone del DNI electrónico u otro Certificado Electrónico Reconocido admitido por el Ayuntamiento de Zaragoza o sistema Cl@ve puede tramitar sus procedimientos por medios electrónicos, siguiendo los siguientes

PASOS:

1. Qué documentación tiene que enviar

  •  Si existe un impreso especifico (formato PDF) en el apartado "Impresos Relacionados" de la ficha descriptiva del Trámite, cumpliméntelo y guárdelo en su ordenador siguiendo las Instrucciones para Almacenar los Impresos.
  • Si es necesario presentar alguna documentación adicional que Vd. dispone en soporte papel escanéela, preferiblemente en formato PDF, y guárdela también en su ordenador.

2. Iniciar Procedimiento

  • Generar su solicitud haciendo clic en el botón rojo Iniciar trámite con Certificado o sistema Cl@ve y accederá al inicio de su solicitud que  cumplimentará de forma guiada y que será recibida en el órgano gestor correspondiente del Ayuntamiento de Zaragoza. Deberá completar sus datos e indicar si desea que las notificaciones se cursen electrónicamente en el espacio "Notificaciones" de "Mi Carpeta Ciudadana", es decir en un espacio de acceso restringido del que dispondrá en esta sede electrónica del Ayuntamiento de Zaragoza, o si prefiere que se le remitan en soporte papel (salvo sujetos obligados a relación electrónica según art. 14 de la ley 39/2015).
  • La solicitud será generada automáticamente con los datos que cumpliemente. Incorpore además la documentación adicional, si la hubiera.
  • A continuación, se le pedirá que firme su presentación (sólo si dispone de certificado electrónico o Cl@ve Permanente con registro fehaciente) y se pondrá a su disposición el correspondiente justificante, que podrá conservar en su ordenador, imprimir o consultar en cualquier momento en su espacio "Registro de Entrada" de "Mi Carpeta Ciudadana".
  • Si se observara la carencia de algún dato o documento necesario para la tramitación de la solicitud, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se tendrá por desistido de su petición.

Presencial

Lugar de Presentación

Oficina de Registro Seminario
  • Direccion: Vía Hispanidad, 20 50071
  • Horario
    • De lunes a viernes: de 8,30 a 13,30 h.
Oficina de Registro Plaza del Pilar
  • Direccion: Pza. del Pilar , 18 50071
  • Horario
    • De lunes a viernes de 8:30 a 13,30h. (excepto festivos)
    • Lunes y jueves y el primer y último viernes de cada mes de 16 a 19h.

Documentación

  • Consulte apartado Quinto de las Bases (Decreto regulador)

Proceso

Los interesados en obtener autorización para el ejercicio de actividades musicales o artísticas en las vías y espacios públicos de la ciudad de Zaragoza podrán cursar su solicitud (Anexo III y documentación anexa) ante el registro general electrónico o en cualquier unidad de registro del Ayuntamiento de Zaragoza (Oficina de Registro de Plaza del Pilar - Pza. del Pilar 18; Oficina de Registro de edificio Seminario, Vía Hispanidad 20; Oficinas de Registro de las Juntas Municipales o Vecinales del Ayuntamiento de Zaragoza), o en cualquiera de las formas previstas en el art 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas junto con la documentación requerida.

Dirigido a:
Última actualización: 2024-02-20

Descarga: Datos Abiertos

Órgano gestor


Unidad de Dominio Público

  • Pza. del Pilar , 18 - 50071
  • 976723708, 6302, 6300
  • 976 721209