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II Premio Julio González para la promoción de proyectos relacionados con las personas sin hogar.


Fallo del Jurado

Bases

Derechos Sociales

  • Plazo de presentación: 15-05-2025 al 01-11-2025

El fenómeno del sinhogarismo representa uno de los desafíos más críticos y complejos en el ámbito de las políticas sociales. A través del Premio Julio González, se pretende fomentar el estudio y la creación de soluciones innovadoras que mejoren la vida de estas personas, investigando en las causas y consecuencias del fenómeno y sobre los pasos que ayudan a salir de la exclusión social, promoviendo así una sociedad más justa e inclusiva.

Este premio no solo reconoce el esfuerzo académico y profesional de aquellos que se dedican a investigar y trabajar en esta área, sino que también busca incentivar la implementación de proyectos que tengan un impacto real y positivo en la vida de las personas sin hogar. En esta segunda edición este premio busca distinguir, por un lado, proyectos implementados por organizaciones del Tercer Sector que hayan demostrado un impacto social positivo y, por otro, las mejores modalidades de investigación académicas llevada a cabo sobre la materia. Con ello, se espera contribuir al avance del conocimiento y a la puesta en práctica de políticas y programas efectivos en este ámbito.

El Premio Julio González se lanza con la firme convicción de que la colaboración entre instituciones académicas, administraciones públicas y la sociedad civil es fundamental para abordar y resolver los problemas sociales más urgentes. Con una dotación económica significativa y el respaldo del Ayuntamiento de Zaragoza, este premio se posiciona como un incentivo clave para promover la investigación y la acción dirigida a atender los graves problemas de exclusión residencial.

El Ayuntamiento de Zaragoza en colaboración con la Universidad de Zaragoza a través de la Cátedra de Servicios Sociales velarán porque este premio tenga continuidad en el próximo año en base a la financiación que el ya desaparecido Julio Gónzalez, hizo a esta administración para promover el estudio y mejora de las condiciones sociales de las personas sin hogar.

PRIMERA.- Objeto.

El Premio Julio González tiene como finalidad reconocer y premiar aquellos proyectos de buenas prácticas e investigaciones académicas que aporten soluciones innovadoras y contribuyan significativamente al conocimiento y mejora de la situación de las personas sin hogar.

Este premio busca distinguir, por un lado, proyectos implementados por organizaciones del Tercer Sector que hayan demostrado un impacto social positivo y, por otro, las mejores modalidades de investigación académicas llevada a cabo sobre la materia.

SEGUNDA.- Régimen Jurídico.
El régimen de la convocatoria es el de concurrencia competitiva, previsto en el artículo 16.3.a) del Decreto legislativo 2/2023, de 2 de mayo por el que se aprobó el Texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón y artículo 16.1. de la Ordenanza General Municipal y Bases Reguladoras de las Subvenciones del Ayuntamiento de Zaragoza, aprobada el 26 de septiembre de 2016 (BOP nº 236 de 13 octubre 2016) y art. 176 y siguientes del Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón, de 2002 .

El premio en concurrencia competitiva, se recoge en el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Zaragoza, para el período 2024-2027, (Línea 1, Acción Social), actualizado para 2025 mediante acuerdo de Gobierno de Zaragoza de 28 de marzo de 2025, entre cuyos objetivos estratégicos se encuentra la beca a proyectos de investigación para personas sin hogar Julio González.

TERCERA.- Requisitos de Participación.

La participación se puede realizar en dos categorías con el límite de una propuesta por categoría y participante:

3.1. Trabajos de investigación académicos.

Estudiantes y/o profesionales que hayan realizado una investigación en la Universidad o a través de instituciones sociales (como Trabajos de Fin de Grado, Trabajos Fin de Máster, Tesis doctorales o Proyectos de Investigación que hayan realizado ya una fase de difusión de resultados). Los trabajos académicos deben haber sido defendidos o expuestos entre el 1 de enero de 2023 y el 1 de noviembre de 2025.

Los proyectos y trabajos deben ser originales e inéditos y no haber recibido ningún otro premio o reconocimiento previo.

No podrán participar en esta categoría los componentes de la Cátedra de Políticas Sociales o de su Comisión de Seguimiento.

3.2. Buenas prácticas implementadas en acción social en el municipio de Zaragoza.

Organizaciones del Tercer Sector que hayan desarrollado un proyecto de buenas prácticas con resultados medidos de impacto social positivo.

Los proyectos sociales deben haber sido implementados entre el 1 de enero de 2024 y el 1 de noviembre de 2025.

Los proyectos y trabajos deben ser originales e inéditos y no haber recibido ningún otro premio o reconocimiento previo.

La organización del tercer sector deberá estar dada de alta en el Registro de entidades ciudadanas de Zaragoza.

CUARTA.- Procedimiento de Concesión.

La concesión del premio se realizará a través del procedimiento de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación.

Actuará como órgano instructor del procedimiento el Servicio Administrativo de Políticas Sociales.

Corresponderá al Jurado formular la propuesta de concesión de los premios.

Será órgano competente para resolver la Consejera de Políticas Sociales del Ayuntamiento de Zaragoza.

QUINTA.- Presentación de Candidaturas.

Para formalizar la candidatura deberán aportarse los siguientes documentos:

  • a) Solicitud de participación, conforme al modelo disponible en la página web oficial de la convocatoria.
  • b) Memoria descriptiva del proyecto redactada en castellano (en formato digital), con una extensión máxima de 15 páginas, que incluya los objetivos, metodología, calendario, plan de ejecución, y la justificación de la trascendencia social del proyecto para las personas sin hogar. Tendrán que suprimirse todas las referencias (bibliográficas, agradecimientos, etc.) que puedan identificar directa o indirectamente al autor o de las que pueda inferirse su identidad.
  • c) En su caso, documentación acreditativa de la representación, conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • d) Declaración responsable (incluida en la solicitud de participación) del cumplimiento de la legislación medioambiental, de transparencia, de no haber sido sancionado en materia laboral, de igualdad entre hombres y mujeres, de derechos de las personas LGTBIQ+, de memoria democrática, de derechos y garantías de las personas con discapacidad y empleo inclusivo, conforme a la legislación en cuestiones de protección de datos (Reglamento General de Protección de Datos (RGPD 2016/679), y lo establecido en el artículo 44.3 del Texto Refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo.
  • e) Acreditación del cumplimiento de las normas técnicas y principios éticos de la Universidad o de la Institución que avala el trabajo de investigación.

La presentación de la solicitud para la concesión de la ayuda conlleva la autorización al órgano gestor para la consulta de los datos disponibles con el fin de comprobar los requisitos exigidos en la convocatoria de los disponibles en la Agencia estatal de Administración Tributaria, Tesorería General de la Seguridad Social, Administración tributaria de la Comunidad Autónoma y Agencia Tributaria Municipal del Ayuntamiento de Zaragoza (artículo 23 del Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones de Aragón). El interesado autoriza igualmente a la consulta de la situación de corriente de pagos con el Ayuntamiento de Zaragoza. En caso de OPONERSE a este último quedará obligado a presentar el Certificado que acredite hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Zaragoza en la fecha de solicitud.

SEXTA.- Lugar y plazo de presentación de las solicitudes.

La solicitud de participación, junto con el resto de la documentación señalada en el apartado anterior, podrá presentarse electrónicamente en el procedimiento electrónico de participación en la convocatoria hasta el 1 de noviembre de 2025. No se aceptarán candidaturas presentadas fuera de este plazo.

Asimismo, las personas físicas no incluidas en los supuestos del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrán presentar sus solicitudes por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la citada ley de procedimiento.

Si la solicitud no reúne los requisitos necesarios para su tramitación, el órgano competente para la instrucción requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de 10 días hábiles, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud.

SÉPTIMA.- Composición del Jurado de Valoración.

El jurado de valoración estará compuesto por los siguientes miembros:

  • Presidenta/e: Una persona miembro del departamento de Políticas Sociales del Ayuntamiento de Zaragoza.
  • Vocales: tres personas expertas en políticas sociales y en el ámbito de las personas sin hogar, designadas por el Ayuntamiento de Zaragoza y/o la Universidad de Zaragoza dentro de la colaboración con la Cátedra de Políticas Sociales.
  • Secretaria/o: Ejercerá la Secretaría del jurado la Jefatura o persona que designe del Servicio Administrativo de Políticas Sociales del Ayuntamiento de Zaragoza.

Las personas que constituyan la composición del jurado, que deberá tender a la paridad, se publicará para general conocimiento con anterioridad a su constitución.

OCTAVA.- Criterios de Valoración.

El jurado evaluador, revisará y evaluará los proyectos y trabajos presentados, considerando su relevancia, rigor metodológico y aportes a este ámbito científico y social. Los proyectos y trabajos que obtengan la mayor puntuación de acuerdo con los siguientes criterios de evaluación serán seleccionados ganadores del Premio; así como la mención a los respectivos accésits:

Son criterios de evaluación los siguientes según las categorías del premio:

Proyectos de buenas prácticas

  • Calidad e innovación de la propuesta presentada (40%).
  • Impacto potencial medido de las aportaciones al ámbito (30%).
  • Trascendencia y durabilidad en el tiempo de la propuesta implementada (20%)
  • Implicación e imbricación en la propuesta implementada de los diferentes actores que intervienen en este ámbito, en el contexto espacial, territorial y comunitario (10%).

Trabajos académicos

  • Calidad y originalidad del trabajo (30%).
  • Adecuación metodológica (20%).
  • Aplicabilidad y resultados obtenidos del proyecto (20%).
  • Impacto potencial de las aportaciones en el ámbito de las personas sin hogar (20%).
  • Difusión de resultados a los agentes sociales, ciudadanía y actores responsables de toma de decisiones en este ámbito (10%)

En el caso de que el Jurado de valoración considere que los trabajos y/o proyectos presentados no reunieran los requisitos de calidad mínimos o no guardasen la relación esperada con los temas propuestos, podrá declarar desierta una o varias categorías. En cualquier caso, el Jurado tendrá la capacidad de adoptar las decisiones que considere más oportunas, y sus decisiones serán inapelables.

NOVENA.- Dotación Económica.

El Premio Julio González cuenta con una dotación económica de 10.000,00 euros, que se otorgará en los siguientes premios:

  • 1. PRIMER PREMIO al Trabajo académico realizado sobre personas sin hogar, exclusión social u otras temáticas relacionadas con el tema: 4.000,00 euros y documento acreditativo.
  • 2. PRIMER PREMIO a las mejores Buenas prácticas implementadas en acción social en el municipio de Zaragoza: 4.000,00 euros y documento acreditativo.

Un accésit en cada categoría:

  • 3. ACCESIT al trabajo académico realizado sobre personas sin hogar, exclusión social u otras temáticas relacionadas con el tema: 1.000,00 euros y documento acreditativo.
  • 4. ACCESIT a Buenas prácticas implementadas en acción social en el municipio de Zaragoza. 1.000,00 euros y documento acreditativo.

En caso de que el jurado lo considere oportuno, se podrán otorgar accésits con menciones honoríficas, sin dotación económica.

En caso de que una de las categorías quedara desierta se podrá premiar varias candidaturas en la categoría que corresponda, tanto en concepto de primer premio como accesit, motivado en la calidad de los trabajos si así lo considera el jurado de valoración que en ningún caso se excederá del presupuesto máximo de la convocatoria en esta edición.

La dotación económica se atenderá con cargo a la aplicación presupuestaria que figurará en el presupuesto general del Ayuntamiento de Zaragoza del ejercicio 2025 con la codificación ACS-2316-4890017, documento de retención de crédito n.º 251506.

DÉCIMA.- Resolución del Premio.

El jurado de valoración propondrá los premios sobre cada candidatura, que se someterá a aprobación del órgano de resolución. La propuesta del fallo no surtirá efecto hasta su ratificación, en su caso, por la Consejera de Políticas Sociales que resulta órgano municipal competente.

La resolución adoptada por al Consejera de Políticas Sociales se dictará en el plazo máximo de tres meses, contados desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y en todo caso dentro de la anualidad natural de 2025.

Transcurrido este plazo sin que se haya publicado la resolución, los solicitantes podrá entender desestimada su solicitud a los efectos de silencio administrativo.

Esta resolución se hará pública en la web municipal, sin perjuicio de su inserción en la Base de datos nacional de subvenciones para general conocimiento.

Asimismo, se comunicará a los todos los candidatos la Resolución de concesión en la dirección electrónica que hayan indicado en la solicitud de participación.

UNDÉCIMA.- Derechos de Propiedad Intelectual y Protección de Datos.

Los/as autores/as de los trabajos premiados mantendrán los derechos de propiedad intelectual sobre sus trabajos. No obstante, la organización se reserva el derecho de utilizar el nombre y la imagen de las autorías premiados en actos promocionales y de difusión del premio.

El Ayuntamiento de Zaragoza se reserva todos los derechos de uso de los trabajos premiados durante el plazo de tres meses a contar desde la fecha del fallo del Jurado, estando facultado para su difusión. Todo ello sin perjuicio del respeto de la condición de la persona autora, reconociéndose la autoría en cualquier divulgación que de la obra se haga, de conformidad con el artículo 14.3 del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual.

Transcurrido el plazo anteriormente aludido, las personas autoras recobrarán el pleno derecho de su trabajo con la obligación de hacer constar en toda edición, el carácter de obra premiada por el Ayuntamiento de Zaragoza.

De conformidad con el Reglamento Europeo de Protección de Datos (RGPD 2016/679 del Parlamento Europeo), y de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los datos personales de los participantes en el Premio Julio González 2024 van a entrar a formar parte de la base de datos del Servicio de Servicios Sociales Especializados del Ayuntamiento de Zaragoza y no serán usados para otro fin que la gestión de dicho concurso, ni van a ser cedidos a terceros sin su previo consentimiento. Así mismo el interesado podrá ejercer su derecho de acceso, limitación del tratamiento, rectificación o supresión, oposición o portabilidad mediante el procedimiento disponible al efecto en el siguiente enlace a la web municipal:
https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/23680

DECIMOSEGUNDA.- Entrega del Premio.

El reconocimiento del Premio Julio González se realizará en diciembre de 2025, en un acto organizado por el Ayuntamiento de Zaragoza en colaboración con la Universidad de Zaragoza dentro de la Cátedra de Políticas Sociales, sin perjuicio de que el trámite económico no se hará efectivo hasta tanto se adopte resolución de ratificación del premio por el órgano competente.

DECIMOTERCERA.- Forma de pago del premio concedido.

El pago del premio que queda sujeto a retención de IRPF en cuanto al premio en la categoría Trabajo académico realizado por personas físicas, no siendo aplicable a la categoría de Buenas practicas realizadas por otras personas juridicas.

El pago se realizará por transferencia bancaria en un solo pago previa presentación de
ficha de Terceros en la Unidad central de Tesorería municipal, debiendo encontrarse el
interesado al corriente de pagos.

DECIMOCUARTA.- Aceptación de las Bases.

La participación en esta convocatoria implica la aceptación total de las presentes bases. Cualquier aspecto no previsto en estas bases será resuelto por el jurado de valoración.

DECIMOQUINTA.- Recursos.

Contra la resolución de otorgamiento del premio, que pondrá fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza, en el plazo de dos meses a contar desde el siguiente a la notificación de la resolución definitiva al interesado.

Previamente, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución, dentro del plazo de un mes a contar desde que el solicitante reciba notificación de la resolución definitiva.

IMPRESOS:

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