Nueva ley de seguros para vehículos personales ligeros
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La ley referente al seguro de los "vehículos a motor" y los "vehículos personales ligeros" (como los patinetes eléctricos) y sus seguros obligatorios entrará en vigor el 2 de enero de 2026. Esta reforma, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 25 de julio de 2025, establece la obligatoriedad de contratar un seguro de responsabilidad civil para estos dispositivos que antes no requerían dicho seguro. ¿Qué implica la nueva ley? Seguro Obligatorio: Los patinetes eléctricos y otros vehículos personales ligeros deberán contar con un seguro de responsabilidad civil. Incluye a todo vehículo automóvil accionado mediante una fuerza mecánica que circula por el suelo y que no utiliza una vía férrea, con una velocidad máxima de fabricación superior a 25 km/h, o un peso neto máximo superior a 25 kg y una velocidad máxima de fabricación superior a 14 km/h. Se creará un registro público de vehículos personales ligeros en la Dirección General de Tráfico (DGT) y se establecerán sus medios de identificación obligatorios. Ampliación del Concepto: La ley redefine el término "vehículo a motor" para incluir a ciertos patinetes eléctricos, vehículos autónomos y otros dispositivos que cumplan requisitos específicos de potencia y uso.