Compartimos piso pero se acabó el amor


Cuando vivimos de alquiler con nuestra pareja o con otros/as compañero/as de piso, puede darse el caso de que se acabe el amor o la convivencia no sea lo esperado y llegado un punto digamos "¡Basta, ya no aguanto más! ¡O te vas tú o me voy yo!".

Bolsa de Vivienda Joven. Zaragoza Joven

Pero abandonar la vivienda así de golpe no es tan fácil. Tendremos que ver que tipo de contrato hemos firmado para ver qué solución legal se le da a la salida de uno/a u otro/a y cómo finalizamos la relación con el resto de ocupantes de la vivienda. Veamos los distintos casos que pueden darse:

a) Si hemos firmado un contrato de habitación y cada uno/a tiene el suyo, debemos leer nuestro contrato para ver si hemos pactado un plazo de duración concreto (un mes, seis meses, etc.), si se ha cumplido y si hay fijado algún tipo de indemnización por marcharse antes de finalizar ese plazo. También si hay pactado un plazo mínimo de preaviso para la resolución del contrato (15 días, un mes...). En este tipo de contratos cada uno es responsable únicamente de su contrato de habitación, por lo que tu marcha no afectará a los demás ocupantes del piso. Es problema del propietario/a encontrar una nueva persona para ocupar tu hueco.

b) Si tenemos un único contrato de alquiler de vivienda entre varios compañeros/as de piso. En este caso todos/as los/las que habéis firmado juntos/as el contrato os obligáis "solidariamente" a responder. Es decir, se puede reclamar a cualquiera de los/las firmantes por todo (aunque luego se pueda repercutir a los/las demás). Por ejemplo, la renta no se paga por partes: hay que ingresar todos los meses la cantidad total al propietario/a en su cuenta (aunque entre vosotros/as hayáis acordado un pago según el tamaño de la habitación que os toque). Esto supone que, si alguien decide marcharse y dejar de aportar su parte al total, los/las que quedan deben seguir abonando el 100 % de la renta mientras sigan ocupando la vivienda. En estos casos, lo mejor es hablar con el/la propietario/a para buscar un nuevo/a compañero/a de piso e incluirlo/a en el contrato quitando al que ha salido.

c) Lo mismo si alquilas un piso con tu pareja y firmáis los dos el contrato. Si uno de los dos decide abandonar la vivienda, la renta debe seguir pagándose completa. Pero ojo, os vamos a contar algo muy importante para los dos casos anteriores. Abandonar la vivienda así, "a la francesa" recogiendo las cosas y no decir ni adiós no te exime de las obligaciones que tienes firmadas en el contrato. Así que te podrían reclamar rentas, gastos, etc. dentro de un tiempo aunque ya no estés viviendo, porque tu nombre y tu firma figuran todavía en el contrato de alquiler. La manera de evitar esto es hablar antes con el/la propietario/a y firmar un documento indicando que abandonas la vivienda a partir de X fecha y que no hay nada que reclamarte por deudas anteriores. Este documento acredita que al marcharte nada debías y que a partir de esa fecha ya no debes abonar cantidad alguna por el alquiler.

d) Vivo con mi pareja pero no figuro en el contrato de alquiler. En la mayoría de los contratos de alquiler hay una cláusula que prohíbe expresamente el subarriendo. ¿Qué es eso del subarriendo? Consiste en alquilar alguna habitación de la vivienda a otras personas desconocidas percibiendo un dinero "extra" por ello. Por ejemplo, en este caso no puedes alquilar una habitación de la casa que tienes arrendada a un turista durante unos días. Pero compartir la vivienda con tu pareja no se puede considerar subarriendo (se hace una vida en común, se comparten gastos, etc.), como tampoco lo es que un familiar te visite y esté en el piso unas semanas contigo o que invites a un amigo/a a que conozca la ciudad o pase las Fiestas del Pilar aquí. Así que no hay problema en hacerlo. Eso sí, en este caso, como no figuras en el contrato de alquiler, el día que se acabe el amor, dices adiós y te marchas, no problem.


Casa de los Morlanes. Plaza San Carlos 4, Zaragoza, 50001

Tel: 976 72 18 18
Whatsapp: 608 748 112
Correo: infojoven@zaragoza.es
Cómo llegar en transporte público

Horario:

  • Lunes, Martes, Jueves y Viernes, de 10 a 14 horas;
  • Miércoles, de 15 a 18 h.

Verano:

  • Lunes a Jueves, de 10 a 14 h;
  • viernes de 10 a 13 h.