Declaración de los derechos sexuales universales
¿Sabes que existe una Declaración Universal de los Derechos Sexuales? Y te preguntarás: ¿para qué sirve? Esta declaración nos aporta un aspecto muy importante para el desarrollo de nuestra libertad y de nuestro empoderamiento personal: información. Sí, nos informa de que tenemos una serie derechos sexuales y, a su vez, reconoce su inviolabilidad como principio esencial para el bienestar personal y colectivo. ¿Quieres conocerlos? A continuación te dejamos los once derechos sexuales, que comprende la Declaración Universal, con una breve explicación que hemos realizado nosotras.
Palabras clave: declaración, derechos, sexualidad, derechos sexuales
Cuerpo de la noticia
SUMARIO:
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Derecho a la libertad sexual
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Derecho a la autonomía sexual, integridad sexual y seguridad del cuerpo sexual
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Derecho a la privacidad sexual
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Derecho a la equidad sexual
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Derecho al placer sexual
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Derecho a la expresión sexual emocional
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Derecho a la libre asociación sexual
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Derecho a hacer opciones reproductivas, libres y responsables
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Derecho a la Información basada en el conocimiento científico
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Derecho a la educación sexual compresiva
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Derecho al cuidado de la salud sexual
Hemos querido introducir historias que ponen de manifiesto el libre desarrollo de cada uno de los derechos sexuales. Para ello os queremos presentar a Carla, Bea, Mariana, Luis, Cesar y Carlos. Son las/os protagonistas de diferentes situaciones que, lo más seguro, te resulten familiares.
1. Derecho a la libertad sexual
¿A qué se refiere este derecho sexual? Principalmente reconoce la necesidad y el respeto a expresar la vivencia de la sexualidad y la erótica de cada persona en todas sus formas y, a su vez, implica unas relaciones horizontales y de iguales entre todos/as, promoviendo el cuidado personal y colectivo. A Carla le gustan dos personas, Bea y Luis, que a su vez muestran un interés por ella. Así que Carla va a tener encuentros sexuales y afectivos tanto con Bea como con Luis, de mutuo acuerdo. Sus amigas le animan y le apoyan. Carla escucha las necesidades de Bea y de Luis y les comunica cómo se siente.
2. Derecho a la autonomía sexual, integridad sexual y seguridad del cuerpo sexual
Cada persona tiene el derecho a elegir sobre su vida sexual desde la libertad y la autonomía. La gestión del placer viene desde la determinación personal y desde el respeto hacia las demás personas. El autoerotismo es reconocido como parte del placer. Bea ha conocido a otra persona, Mariana, y le gusta mucho. Ha decidido no tener más encuentros sexuales con Carla. Bea tiene el derecho de elegir con quien quiere compartir el placer. Carla lo acepta y respeta. Además a Bea le gusta acariciar su cuerpo, erotizar su mente y masturbarse a solas.
3. Derecho a la privacidad sexual
La intimidad es un aspecto fundamental para el desarrollo del bienestar personal y tomar decisiones sobre ella es clave para una vivencia positiva de la sexualidad y de las relaciones sexuales y afectivas con otras/os. Luis tiene una hermana mayor que vive independizada con su compañera. Le ha llamado y le ha pedido las llaves de su apartamento para encontrarse con Carla. Ambos viven todavía en casa de sus padres y saben que es importante mantener una intimidad con ella.
4. El Derecho a la equidad sexual
Existen tantas sexualidades como personas hay en el mundo. Reconocerlas supone aceptar el gran valor que tiene la diversidad existente. Por lo tanto, todas las personas, independientemente de su sexo, su edad, su origen y sus capacidades, tienen sexualidad. César, con diversidad funcional (movilidad reducida), y Carlos se gustan. Desde hace un par de meses mantienen encuentros sexuales y afectivos y han establecido un compromiso entre el y ella.
5. El derecho al placer sexual
La (auto)gestión del placer es un derecho y, además, es una forma de cuidado. El placer es salud y todas/os tenemos derecho a él. La razón: ¡porque sí! Como os hemos comentado, a Bea le gusta masturbarse aunque haya establecido una relación sexual y afectiva con Mariana. A Luis le gusta masturbarse a solas y Carla también lo hace.
6. El derecho a la expresión sexual emocional
La vivencia de la sexualidad de cada cual tiene diferentes formas de expresión y manifestación: la comunicación verbal y corporal, el contacto, exponer nuestras emociones, nuestros sentimientos de amor, etc. Reconocerlas hace parte de nuestros derechos. Cuando Carla ve a Luis le acaricia la cara y le sonríe y él la abraza. A Carlos le gusta masajear el cuerpo de Cesar y este, besarle el cuello. Bea y Mariana se besan en la boca cuando se miran y ríen juntas.
7. El derecho a la libre asociación sexual
Cada persona tiene el derecho a establecer las formas de relaciones sexuales y afectivas que desea desde el consentimiento, la horizontalidad, la igualdad y el acuerdo mutuo con las personas implicadas.
Carla mantiene encuentros sexuales y afectivos con Luis y aceptó la decisión de Bea de finalizar sus encuentros sexuales.
8. El derecho a hacer opciones reproductivas, libres y responsables
Cada persona decide sobre su cuerpo, la reproducción y la crianza. Así mismo desde el autocuidado, la elección personal y el derecho a ser informada/o establece los métodos anticonceptivos y de barrera que quiere utilizar. Carla ha decidido utilizar el preservativo femenino en sus encuentros sexuales con Luis. Antes utilizaba el diafragma que había elegido tras una cita con su ginecóloga. Tanto ella, como Bea y Mariana realizan sus seguimientos ginecológicos anuales y citologías como parte de su autocuidado. Bea ha pensado y decidido que en unos años le gustaría quedarse embarazada e iniciar un proyecto de crianza.
9. El derecho a la Información basada en el conocimiento científico
Las personas tenemos derecho a una educación sexual que proceda del ámbito de la sexología y a conocer la visión que utiliza la persona que se encarga de transmitir la información y el conocimiento. Bea, Carlos y Cesar han ido juntas/o al instituto donde recibieron educación sexual por parte de una sexóloga. Carla acudió a un centro de planificación familiar donde, además de informarse sobre los métodos anticonceptivos y de barrera, realizó unos talleres de sexualidad. Luis y Mariana, al iniciar la universidad acudieron a la asesoría sexológica gratuita para hablar de sus dudas y preguntas con la sexóloga que se ocupa de este servicio.
10. El derecho a la educación sexual compresiva
La sexualidad esta presente a lo largo de toda nuestra vida. Hay que reconocer las diferentes etapas de ésta, con sus cambios y necesidades, y aceptarlos positivamente desde el autoconocimiento y el autocuidado. Bea se dio cuenta que le gustaban las chicas en la adolescencia. Habló con sus amigas y sus hermanas. Decidió acudir a un colectivo LGTB para hablar de ello dentro de un espacio seguro y de confianza. Allí encontró apoyo y consejo de personas que compartían su misma vivencia. Esto le ayudó a tomar seguridad en sí misma y pudo hablar con su madre y su padre. Actualmente Mariana está invitada todos los domingos a las comidas familiares que organiza la familia de Bea.
11. El derecho al cuidado de la salud sexual
El cuidado de la salud sexual se consigue a través de la promoción de ésta: educación sexual desde una visión positiva; facilitar el acceso a la información respetuosa y fiables, y a servicios públicos que comprendan espacios de confianza y seguridad donde gestionar posibles malestares sexuales; reconocer que todas las personas tenemos sexualidad y poder desarrollar nuestra vivencia dignamente y con libertad; etc. Luis ha acudido a la asesoría sexológica porque tiene un malestar sexual: sus eyaculaciones son rápidas. Tras un par de asesorías con la sexóloga, Luis se siente mejor y ha podido gestionar su malestar. Mariana y Bea fueron juntas a una charla que la misma asesoría sexológica realizó en el Cipaj. Cesar y Carlos han ido a un taller de educación sexual donde se proyectaba un documental sobre diversidad sexual y sexualidad en una casa de juventud; y Carla ha comenzado a leer Tu sexo es tuyo.
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Lurdes Orellana y Victoria Tomás
Asesoría Sexológica del CIPAJ y Universidad de Zaragoza