Consulta pública previa
Ordenanza Municipal Reguladora del Servicio de Información, Valoración, Diagnóstico y Orientación Social

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Consulta pública previa. Finalizada el martes, 25 de enero de 2022 • Ver aportaciones recibidasVer respuestas al cuestionario

Aprobación inicial: Gobierno de Zaragoza 25 de marzo de 2022 • BOPZ nº 79 de 7 abril 2022

Información Pública: Del 07 abril 2022 al 09 mayo 2022

Aprobación Definitiva: 29 marzo 2023 • BOPZ nº 83 14 abril 2023 • Ver normativa

Antecedentes y objetivos

La Orden CDS/1560/2018, de 30 de Agosto, por la que se regula el servicio de información, valoración, diagnóstico y orientación social, dispone en su Disposición adicional única la obligación de desarrollo del servicio de información en un plazo de dos años a comarcas y municipios de más de 20.000 habitantes, respetando las disposiciones previstas en la misma con la necesaria adaptación a las características de cada municipio. El término de este plazo se produjo en el mes de Diciembre de 2020, dada la suspensión de plazos administrativos desde el 14 de Marzo hasta el 1 de Junio de 2020 previsto por la Disposición Adicional Tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

En este sentido, siguiendo las sugerencias del Informe del Justicia de Aragón, con fecha 9 de Febrero de 2021, se viene trabajando en el borrador de Ordenanza por los Servicios Sociales Comunitarios, en coordinación con el Servicio Administrativo de Acción Social y Familia, de modo que junto al proyecto de Reglamento de Centros Municipales de Servicios Sociales, permitirán realizar una clara delimitación de aquellas funciones del servicio de información que pueden ser gestionadas por medios externos, y cuáles se consideran, por su indudable carácter técnico, de gestión directa.

La aprobación de esta Ordenanza, junto al Reglamento de Centros Municipales de Servicios Sociales y al Catálogo de Servicios Sociales Complementarios del Ayuntamiento de Zaragoza, constituirá una base sólida en la actuación desarrollada en adelante por el Área de Acción Social y Familia. De esta forma, se culminará el objetivo iniciado desde hace varios años para la adaptación de la regulación autonómica a las características propias del Ayuntamiento de Zaragoza y a las competencias reconocidas en materia de servicios sociales en el artículo 33 de la Ley 10/2017, de 30 de noviembre, de régimen especial del municipio de Zaragoza como capital de Aragón.

En esta fase de elaboración de la norma ha de estarse a lo establecido en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que dispone que con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o reglamento, se sustanciará consulta pública, a través del portal web de la Administración competente en el que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma.

Por todo ello, se somete a consulta pública la elaboración de la Ordenanza municipal reguladora del servicio de información, valoración, diagnóstico y orientación social, por plazo de quince días, a través de la Plataforma de Gobierno Abierto integrada en la sede electrónica municipal, de conformidad y en cumplimiento de lo establecido en el mencionado artículo 133.1 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Aportaciones al proyecto. Plazo de la consulta finalizado

El Ayuntamiento de Zaragoza sometió a consulta pública el proyecto de Ordenanza Municipal Reguladora del Servicio de Información, Valoración, Diagnóstico y Orientación Social, iniciándose el 4 de enero de 2022 y estableciéndose para ello el plazo de 15 días hábiles desde el día siguiente de la publicación del presente acuerdo con la documentación correspondiente en la Plataforma de Gobierno Abierto, para la realización de dicha consulta, recabando la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma y todo ello en los términos establecidos en la citada ley de Procedimiento Administrativo Común y en las Instrucciones dictadas por acuerdo de 22 de septiembre de 2017 del Gobierno de Zaragoza para habilitar la Consulta Pública previa.

El proceso participativo permitió dos vías de participación:

  1. Responder a las siguientes preguntas:
    • ¿Cómo puede mejorar esta normativa la atención a la ciudadanía desde los Centros Municipales de Servicios Sociales (CMSS)?
    • ¿Considera que la tramitación de esta nueva Ordenanza es el método adecuado para regular la prestación social del servicio de información, valoración, diagnóstico y orientación social?
  2. Realizar aportaciones a la ordenanza a nivel general o a cualquier apartado de la misma.

Para poder participar fue necesario ser mayor de 14 años y estar dado de alta en la Plataforma de Gobierno Abierto.

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