Servicio de impresión de publicaciones de Zaragoza Turismo: Fallo del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón en relación a la adjudicación.

La Junta de Zaragoza Turismo, en sesión celebrada el día 10 de junio de 2016 acordó:

PRIMERO.- Quedar enterado y acatar en sus propios términos el Acuerdo 52/2016 de 25 de mayo del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón en el que se desestima el Recurso especial en materia de contratación interpuesto por D. Miguel Angel Murillo López, y levantar la suspensión automática derivada del art. 45 del TRLCSP, de conformidad con lo establecido en el art. 47.4 TRLCSP.


SEGUNDO.- Tras el levantamiento de la suspensión automática, ratificar en sus términos literales el siguiente acuerdo de la Junta de Gobierno de Zaragoza Turismo de 22 de abril de 2016:

PRIMERO.- Adjudicar, por procedimiento abierto, el "Servicio de impresion de publicaciones de Zaragoza Turismo", cuyo presupuesto de licitación es de 230.000 euros (IVA excluido), 278.300 euros (IVA incluido), a la oferta presentada por la empresa GRAFICAS ULZAMA, CON NIF B-31144264 con domicilio en Polígono Industrial Areta Calle A-35 HUARTE, NAVARRA, por la cantidad de 75.100,00 euros, ( IVA excluido), 90.871,00 euros, (IVA incluido), por ser la empresa que ha obtenido la mayor puntuación en el procedimiento de contratación.
SEGUNDO.- El contrato se llevara a cabo de conformidad con lo establecido en los Pliegos de Condiciones administrativas y técnicas que han regido la contratación, según la oferta de la firma adjudicataria, y siguiendo las instrucciones cursadas al efecto por Zaragoza Turismo.
TERCERO.- El plazo de duración del contrato será de dos años desde la firma del mismo, o desde la fecha fijada en el documento contractual, con hasta dos prórrogas anuales a realizar por mutuo acuerdo expreso. La duración total del contrato, incluida la prórroga no podrá exceder de cuatro años. En cualquier caso la duración del contrato quedará condicionada a la existencia de consignación presupuestaria adecuada y suficiente en cada ejercicio presupuestario.
CUARTO.- Comunicar a la firma adjudicataria que deberá comparecer para la firma del contrato cuando fuese requerida para ello.
QUINTO.- La Concejala Delegada de Educación e Inclusión, y Vicepresidenta de Zaragoza Turismo, será la competente para la firma de cuanta documentación precisare la efectividad del presente acuerdo.
SEXTO.- Notificar el presente acuerdo a la empresa que ha intervenido en la licitación.

GARANTÍA FEHACIENTE DE PUBLICACIÓN

El siguiente contenido ha sido publicado en la fecha abajo indicado y se incluye la información que garantiza de forma fehaciente la publicación de dicho contenido en esta dirección

FECHA DE PUBLICACIÓN

13-06-2016 14:46:59

ZONA DE DESCARGA