Sí, siempre y cuando la deuda sea superior a 100 euros y no supere los 50.000 euros. El plazo máximo que se puede fraccionar es de 48 meses.
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Sí, siempre y cuando la deuda sea superior a 100 euros y no supere los 50.000 euros. El plazo máximo que se puede fraccionar es de 48 meses.
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