Licencia o Declaración Responsable de Obra Mayor de Reforma (X406)

Preguntas Frecuentes

  • Conforme a la vigente Ley Urbanística el título habilitante para la actuación que pretende será una declaración responsable (artículo 227.1º y 2º del T.R. de la L.U.A.), no siendo necesaria una licencia urbanística.

En la declaración se manifiesta, bajo la responsabilidad del interesado, que se cumplen los requisitos que establece la normativa para la realización de estas obras. Deberá adjuntar el proyecto técnico suscrito por técnico competente y la presentación en el Registro ya le permite comenzar las obras, sin necesidad de esperar la resolución.

Esto no es factible si el edificio en el que se encuentra su vivienda está catalogado o se ubica en el centro histórico porque su actuación precisa informe previo de las Comisiones de Patrimonio histórico - artístico, bien municipal o bien provincial.

  • Si ya ha solicitado licencia y todavía no ha recibido la resolución, y necesita hacer ya las obras, puede reformular su solicitud, transformándola de licencia en declaración responsable, rellenando y presentando en el expediente de la licencia el formulario que se acompaña.
  • Conforme a la vigente Ley Urbanística el título habilitante para la actuación que pretende será una declaración responsable (artículo 227.1º y 2º del T.R. de la L.U.A.), no siendo necesaria una licencia urbanística.

En la declaración se manifiesta, bajo la responsabilidad del interesado, que se cumplen los requisitos que establece la normativa para la realización de estas obras. Deberá adjuntar el proyecto técnico suscrito por técnico competente y la presentación en el Registro ya le permite comenzar las obras, sin necesidad de esperar la resolución.

Esto no es factible si el edificio en el que se encuentra su vivienda está catalogado o se ubica en el centro histórico porque su actuación precisa informe previo de las Comisiones de Patrimonio histórico - artístico, bien municipal o bien provincial.

Tampoco puede ser objeto de declaración responsable y sí de licencia urbanística cuando la intervención que se pretende efectuar implica la reducción del ancho de la escalera del inmueble hasta 0,80 centímetros o pudiese afectar a los elementos estructurales del edificio.

  • Si ya ha solicitado licencia y todavía no ha recibido la resolución, y necesita hacer ya las obras, puede reformular su solicitud, transformándola de licencia en declaración responsable, rellenando y presentando en el expediente de la licencia el formulario que se acompaña.

No se puede modificar la distribución con obra menor ya que se trata de una modificación de la estructura arquitectónica del inmueble. Deberá presentar una licencia/declaración responsable de obra mayor de reforma.