Normativa Uso Espacio Asociacionismo Casa de la Mujer

Texto Vigente

CONDICIONES PARA LA CESIÓN DEL ESPACIO ASOCIACIONISMO

  • La entidad solicitante debe estar legalmente constituida e inscrita en algún Registro Público.
  • En los estatutos de la entidad solicitante debe reflejarse que trabaja por la promoción de la Igualdad entre hombres y mujeres y/o la diversidad afectivo sexual en la ciudad de Zaragoza.
  • La entidad solicitante deberá renovar la cesión cada dos años realizando una nueva solicitud y aportando la documentación requerida actualizada, pasando a ser nuevamente valorada por el Servicio de Mujer e Igualdad.
  • La cesión podrá ser revocada cuando:
    • la entidad, sin previo aviso y justificación, no haga uso del espacio durante dos meses seguidos. En este caso, el Servicio de Mujer e Igualdad avisará a la persona solicitante de que dispone de 15 días para vaciar su taquilla.
    • las actividades desarrolladas sean diferentes a lo manifestado en la solicitud
    • se incumplan las normas de uso del Espacio Asociacionismo.
  • En el caso de haber más solicitudes que horarios disponibles, el Servicio de Mujer e Igualdad priorizará aquellas solicitudes de entidades con fecha de constitución más reciente e inscritas en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas en la categoría De Género teniendo en cuenta el tipo de actividad que va a desarrollar en el espacio (sin ánimo de lucro, propia de una asociación y teniendo como referente la igualdad y/o diversidad afectivo sexual) y la disposición de espacios propios de la entidad para desarrollar actividades.
  • En caso de denegarse la cesión por no disponibilidad del Espacio, la entidad pasará a formar parte de una lista de espera ordenada por la fecha de solicitud y en el caso de producirse alguna vacante será avisada por el Servicio de Mujer e Igualdad.

NORMAS PARA EL USO DEL ESPACIO ASOCIACIONISMO

  • En el espacio las entidades desarrollarán actividades sin ánimo de lucro, propias del funcionamiento interno de una asociación. La utilización del espacio cedido no impedirá el normal funcionamiento de la actividad del Servicio. El Servicio de Mujer e Igualdad no es responsable de la actividad que se desarrolle en el espacio y cualquier reclamación deberá remitirse a al entidad a la que se le ceda el espacio.
  • El espacio será cedido un mínimo dos y un máximo cuatro horas semanales. Cada entidad dispondrá de día y hora determinado para su uso, comprendido de lunes a viernes, de 9 a 20 h y siempre que se encuentre abierto el edificio Casa de la Mujer. Este horario podrá ser modificado según la disponibilidad y previa comunicación y aprobación de las personas responsables del Programa de Asociacionismo y Participación del Servicio de Mujer e Igualdad.
  • El espacio cuenta con un mobiliario del que podrán disponer las entidades. Si la entidad ha solicitado una taquilla, ésta será utilizada para guardar material reducido y su llave será custodiada por el Servicio de Mujer e Igualdad y facilitada en conserjería a las personas de la entidad cada vez que tengan acceso al espacio. No se podrá dejar material fuera de las taquillas.
  • La entidad que desarrolla la actividad será la encargada de preparar el espacio para su uso, debiendo dejarlo en las mismas condiciones que al inicio, respetando en todo momento el aforo máximo permitido de 8 personas. La persona solicitante será la responsable del uso correcto y adecuado de la instalación y del equipamiento cedido, así como de los desperfectos ocasionados.
  • Las grabaciones que se requieran realizar en el espacio deberán solicitarse y autorizarse por el Servicio de Mujer e Igualdad.
  • En caso de necesidad el Servicio de Mujer e Igualdad como servicio gestor, puede suspender, limitar o extinguir la cesión de uso por fuerza mayor o por razones justificadas, las cuales se anunciarán debidamente.

Las normas recogidas en este documento, que regulan la cesión y uso de este espacio, serán de aplicación para todas aquellas asociaciones y/o entidades que cumpliendo los requisitos soliciten el uso de este espacio.