PREGUNTAS FRECUENTES
DOCUMENTOS QUE SE SOLICITAN. ¿CÓMO SE SOLUCIONA?
Me piden el informe de plantilla media de trabajadores en alta de los últimos 6 meses al momento de la solicitud. ¿Qué hago?
- Deberá acceder al Sistema Red de la Seguridad Social con su certificado digital y buscar el enlace al informe de plantilla media, allí deberá indicar extraer informe para las fechas entre solicitud y los seis meses anteriores. Puede indicar del periodo entre el 18/04/2025 y el 17/10/25 que es la fecha final de presentación de solicitudes.
- Si no tiene trabajadores puede justificarlo de dos maneras: con un certificado de no estar inscrito como empresario o bien con un certificado de inexistencia de trabajadores. Ambos sirven. No será admitida declaración responsable.
Me piden el certificado de composición de la Junta u Órgano de Gobierno actualizado. ¿Dónde lo obtengo?
- Puede realizar un documento que acredita los miembros actuales del órgano de gobierno, emitido por la propia entidad (generalmente el Secretario con el visto bueno del Presidente) o por un registro oficial como el Registro Mercantil a través de una nota simple.
- En este caso NO son VÁLIDAS las escrituras ya que no verifican la composición actual.
Me piden el certificado de situación censal de la Agencia Tributaria (AEAT) ACTUALIZADO. ¿Dónde lo obtengo?
- Este es un certificado expresamente así denominado (certificado de situación censal) que puede obtener en la sede electrónica de la agencia tributaria con su certificado electrónico de forma inmediata.
Me piden un certificado de estar al corriente con alguna Administración Pública pero he dado permiso para el acceso. ¿Por qué?
- En este caso se solicita porque el certificado o certificados extraídos son NEGATIVOS por lo que se incumple el requisito de estar al corriente con la Administración correspondiente. Deberá conseguir un certificado válido que verifique estar al corriente.
Me piden verificar cantidad solicitada de gasto corriente TOTAL y/o gasto inventariable TOTAL según base quinta de las bases de la convocatoria. Esto puede deberse a dos opciones:
- No ha indicado los totales de gastos corrientes y/o inventariables del proyecto en el formulario presentado en solicitud. Es necesario que expresamente verifique y nos indique los totales ya no que es posible hacer un cambio de su petición si no tenemos este dato expreso.
- Con los importes indicados no llega al mínimo subvencionable por lo que quedaría fuera de la convocatoria de subvención. Le sugerimos que revise las bases, preguntas frecuentes y/o presentación que encontrará en la web https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/39935
¿Qué sucede si se pide subsanar?
- La subsanación permite al solicitante corregir errores que la Administración haya detectado y que así pueda tramitar la solicitud correctamente. Puede haberse detectado alguna falta o error en la documentación presentada, que la información esté incompleta o que haya algún dato erróneo.
¿Por qué es importante subsanar?
- Subsanar es esencial para que la solicitud pueda ser tramitada correctamente. Si no se corrigen los errores, el trámite podría quedar paralizado o incluso ser rechazado. Si NO se subsana dentro del este plazo, se considerará que se ha desistido de la solicitud.
¿Cuánto tiempo hay para subsanar?
- Desde la notificación, hay 10 días naturales para hacerlo.
¿Cómo Subsanar la Solicitud?
- A través de una nueva entrada en Registro General del Ayuntamiento de Zaragoza haciendo referencia al expediente y al solicitante para los que se realiza la subsanación.