Etopía. Solicitud de Espacios

Entidad Solicitante

Responsable de la actividad

Actividad a realizar

Datos para la reserva

Todas las tarifas indicadas se refieren a la cesión de los espacios dentro de los horarios normalizados de apertura de ETOPIA: de lunes a sábado de 8:00 a 22:00 h, domingos de 8:00 a 15:00 h (incluidos festivos).

En todo caso, la jornada completa se iniciará, una hora después de la apertura normalizada del centro y finalizará una hora antes. Se entiende por þrnada completa la comprendida entre las 9:00 y las 21:00 h.

La media jornada, será de aplicación a toda cesión cuya duración no supere las 6 horas, con dos opciones inamovibles de horario: de 9.00 a 14.00 o de 16.00 a 21.00 h. Superado ese horario, y siempre dentro del horario habitual del centro, pasarán a facturarse las tarifas correspondientes a jornada completa.

 Tarifa ATarifa B
Nombre espacioJornada CompletaMedia JornadaJornada CompletaMedia Jornada
Auditorio1.471,00€883,00 €2.066,00 €1.269,00 €
Aula 1274,00 €184,00 €475,00 €317,00 €
Aula 2 (sala de ordenadores)144,00 €96,00 €247,00 €164,00 €
(por el alquiler de los equipos-ordenadores)10€ equipo/día19€ equipo/día
Aula 3144,0O96,00 €247,00 €164,00 €
Aula 4,5, 6 (aulas centrales)62,00 €41,00 €107,00 €71,00 €
Salas Expositivas 1 y 2936,00 €531,00 €1.788,00 €1.017,00 €
Hall (con zona cafetería)2.128,00 €1.209,00 €4.069,00 €2.312,00€
Hall (sin zona cafetería)1.517,00 €862,00 €2.902,00 €1.649,00 €
Zona cafetería610,00 €346,00 €1.167,00 €663,00 €
Galería Experimental1.840,00 €1.045,00 €3.519,00 €1.999,00 €
Doble fachada media digital (LED)8.264,00 €/dia

A los precios indicados se les añadirá el IVA vigente

TARIFA ESPECIAL(A)

Se aplicará cuando la actividad a realizar se ajuste a los ámbitos de actuación definidos en el punto 1 de la Ordenanza, y lo soliciten:

  • Administraciones Públicas distintas del Ayuntamiento de Zaragoza y entes dependientes de las mismas.
  • Asociaciones culturales o sociales declaradas de interés público, general o social, sin ánimo de lucro y que acrediten su condición de tales mediante la correspondiente inscripción.
  • Cualquier otra Asociación, Fundación, o Entidad de derecho público o privado sin ánimo de lucro siempre que acredite tal condición.

TARIFA NORMAL (B)

Se aplicará cuando la actividad a realizar se ajuste a los ámbitos de actuación definidos en elpunto 1 de la Ordenanza, y lo soliciten:

  • Asociaciones, Empresas, Entidades y otros colectivos con ánimo de lucro.
  • Cuando el solicitante sea una persona física y se refiera a una actividad relacionada con su profesión.
  • Cuando los solicitantes a que se refieren las tarifas Especial y Normal requieran la cesión de espacios para la realización de actividades que no se ajusten a los ámbitos de actuación definidos en el punto 1 de la Ordenanza, pero compatibles con la actividad de Etopia, la tarifa correspondiente, ya sea especial o normal, se incrementará en un 20% y un 40% respectivamente.

NOTA: En el caso de que las actividades comprendidas en las tarifas Especial y Normal conlleven la generación de ingresos para los organizadores de las mismas, a las tarifas se les aplicará además un incremento del 30%.


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