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Pregunta
Patinetes eléctricos.
Realizada por Maximiliano Ramos navarro el viernes 17 agosto 2018, dirigida a Concejalía de Medio Ambiente y Movilidad.
Respuesta de la Corporación
Respondida el 01 octubre 2018
Los servicios técnicos municipales están elabborando una normativa específica para regular la circulación de los Vehículos de Movilidad Personal, entre los que se encuentran los patinetes eléctricos a los que se refiere la pregunta. Hasta la aprobación de esa nueva normativa, por el momento se está aplicando la Ordenanza de Circulación de Patinetes y Ciclista, en vigor desde 2009, que en su artículo 22 dice que "Los patines, monopatines, patinetes o aparatos similares transitarán por vías ciclistas segregadas y zonas de prioridad peatonal, incluidas las aceras, no pudiendo invadir carriles de circulación de vehículos a motor, salvo para cruzar la calzada.En su tránsito los patinadores deberán acomodar su marcha a la de las bicicletas, si circulan por vías ciclistas, o a la de peatones en el resto de los casos, evitando en todo momento causar molestias o crear peligro.En ningún caso se permite que sean arrastrados por otros vehículos.", considerando este tipo de patinetes eléctricos como "aparatos similares" a efectos de la aplicación de este artículo.