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Permiso para Músicos Callejeros

Realizada por Paul el 15/02/2017, dirigida a Concejalía de Economía y Cultura


Después de leer lo siguiente en el Decreto: "El plazo para la presentación del modelo normalizado que figura en el ANEXO IV será de veinte días naturales contados desde la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza.Con excepción de lo dispuesto en el epígrafe "otras zonas" del apartado TERCERO, con carácter general, no se admitirá solicitud para el ejercicio de actividades musicales o artísticas en la vía pública con anterioridad o posterioridad a las fechas oficiales establecidas en esta convocatoria. Únicamente en el caso de que en el plazo oficial estipulado en esta convocatoria se reciba un número de solicitudes inferior al número de autorizaciones disponibles se podrán admitir solicitudes presentadas con posterioridad a la fecha final del período de solicitud. En este caso, se tendrán en cuenta tantas solicitudes como sean necesarias para alcanzar el número total de autorizaciones, siguiendo como criterio el orden de entrada de la solicitud según la fecha de entrada en el registro municipal."Mi pregunta es la siguiente. ¿Quedan de estas licencias por entregar para el año 2017?

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