Moción: P-10171/2024

Orden del día para la sesión ordinaria que el Excmo. Ayuntamiento Pleno celebrará el 23 de diciembre de 2024 a las 09:00 horas. Publicación con sello de tiempo del 23-12-2024 09:00 presentada por GM VOX

Moción presentada por el grupo municipal VOX en el sentido de instar al Gobierno Municipal a elaborar un Plan Especial de Protección del Casco Histórico que dé cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto 11/2023 de 14 de enero del Gobierno de Aragón, por el que se declara Bien de Interés Cultural y exigir con carácter inexcusable los estudios de inserción ambiental a los proyectos de construcción de edificios que vayan a ubicarse en emplazamientos singulares.

MOCIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL VOX PARA SU DEBATE Y VOTACIÓN EN EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA DE 23 DE DICIEMBRE DE 2024

El Decreto 11/2003, de 14 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se declara Bien de Interés Cultural, en la figura de conjunto Histórico, el «Centro Histórico» de la ciudad de Zaragoza dice en su Anexo 11 , Medidas de tutela, punto 3, que "las nuevas edificaciones que se realicen en los distintos ámbitos de Conjunto Histórico deben adaptarse a la escena urbana en la que se integran, siguiendo las tipologías tradicionales, ya bien sea utilizando el ladrillo tradicional visto o bien con fachadas revocadas y pintadas, o la solución que mejor se adapte al espacio en el que se ubican. Igualmente, el tratamiento tanto de medianeras como traseras vistas desde la vía pública debe ser homogéneo y con los mismos materiales que las fachadas" ·

Igualmente, señala en su punto 9 que "la declaración de Conjunto Histórico determina la obligación de aprobar uno o varios Planes Especiales de Protección, u otro instrumento de planeamiento urbanístico similar, que deberá tener en cuenta las medidas de tutela establecidas para el Conjunto e incluir el catálogo el que se refiere el articulo 44 de la Ley 3/1999. Este Plan, que establecerá las prescripciones que rijan las intervenciones en el Conjunto, será elaborado conforme a lo dispuesto en la legislación urbanística aplicable, conforme a lo dispuesto y con las limitaciones, procedimiento y contenido previstos en los artículos 41 y siguientes de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés y tendrá en cuenta las medidas de tutela previstas en la declaración de Conjunto Histórico."

A pesar de este mandato y del tiempo transcurrido desde la aprobación del Decreto 11/2003, por parte del grupo municipal VOX no se tiene conocimiento de que se haya aprobado ningún Plan Especial para ninguna parte del Casco Histórico.

Sin embargo, el Plan General de Ordenación Urbana de Zaragoza, en su texto refundido y más concretamente en su Memoria Expositiva dice lo siguiente: "XIV.2. Disposiciones generales. 2.1. Naturaleza y vigencia del Plan General: "En la parte del suelo urbano correspondiente al "Centro Histórico de la ciudad de Zaragoza", declarado bien de interés cultural, en la figura de conjunto histórico, el 7 de mayo del 2001, reúne las caracterfsticas propias del plan especial de protección requerido por la ley del Patrimonio Cultural Aragonés."

Sin embargo, es una evidencia que las medidas de tutela establecidas en el citado Decreto 11/2003 ni se han cumplido desde su aprobación ni se están cumpliendo en la actualidad por el actual equipo de gobierno.

Finalmente, en las Normas Urbanísticas del nuevo texto del PGOUZ se establece lo siguiente: Sección segunda: Condiciones de ornato en los edificios. Artículo 2.5.3. Condiciones generales de las fachadas , punto 2. "Serán exigibles condiciones específicas de composición y estudios de inserción ambiental complementarios en emplazamientos singulares tales como fondos visuales, chaflanes, encrucijadas, alrededores de elementos de interés y, en general, localizaciones muy visibles o significadas". El grupo municipal de VOX considera que la colindancia o proximidad con edificios catalogados como BIC debería considerarse, fuera de toda duda, un emplazamiento singular. Sin embargo, de nuevo la evidencia vuelve a demostrar que se han concedido licencias urbanísticas de edificios colindantes o próximos con otros catalogados como BIC sin que se cumplan las medidas de tutela previstas en el Decreto 11/2003 ni exista ningún tipo de inserción o integración ambiental.

Es por ello que el Grupo Municipal VOX presenta las siguiente:

MOCIÓN

El Pleno del Ayuntamiento de Zaragoza insta al Gobierno municipal a:

1.- Elaborar un Plan Especial de Protección del Casco Histórico que dé cumplimiento en lo que se refiere a esa parte concreta de la ciudad a lo dispuesto en el Decreto 11/2003 de 14 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se declara Bien de Interés Cultural, en la figura de conjunto Histórico, el «Centro Histórico» de la ciudad de Zaragoza en el punto 9 de su Anexo 11.

2.- Exigir con carácter inexcusable los estudios de inserción ambiental, previos a la concesión de la licencia de obra mayor de nueva edificación a los proyectos de construcción de edificios que vayan a ubicarse en emplazamientos singulares tales como fondos visuales, chaflanes, encrucijadas, alrededores de elementos de interés y, en general, localizaciones muy visibles o significadas en cumplimiento de lo dispuesto en las Normas Urbanísticas del PGOUZ.

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