Moción: P-4136/2023

Orden del día del Pleno Publicación con sello de tiempo del 31-03-2023 09:00 presentada por GM Podemos-Equo

El Pleno del Ayuntamiento de Zaragoza, en base a los informes de la AEPD, insta al Gobierno de la Ciudad a retirar de la instrucción sobre Gestión y control del calendario laboral, jornada, horarios, pausas, permisos, vacaciones, licencias y reducciones de jornada del personal empleado del Ayuntamiento de Zaragoza y de acreditación de la condición de empleada/o municipal y uso de herramientas municipales toda la parte relacionada con el control biométrico del personal municipal.

MOCIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL DE PODEMOS PARA SU DEBATE Y VOTACIÓN EN EL PRÓXIMO PLENO ORDINARIO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA

El pasado 18 de enero, el Concejal de Personal firmó la Instrucción sobre Gestión y control del calendario laboral, jornada, horarios, pausas, permisos, vacaciones, licencias y reducciones de jornada del personal empleado del Ayuntamiento de Zaragoza y de acreditación de la condición de empleada/o municipal y uso de herramientas municipales.

Esta instrucción introduce la posibilidad de realizar los fichajes mediante huella digital o reconocimiento facial, es decir, mediante datos biométricos. Aún con cerca de 400 centros de trabajo, ya en abril de 2021, muchos meses antes de esta instrucción, el ayuntamiento licitó 59 terminales de control que incluían el reconocimiento facial como una de las maneras de control, en un contrato adjudicado por 132.000 €.

La falta de esos medios materiales a la hora de publicar la instrucción obligó a sacar el 10 de febrero, una aclaración en la que aluden a la necesidad de disponer de “medios e instrumentos de control de la jornada laboral y de los horarios y que será en el segundo semestre de este año cuando se realice la implantación operativa de las nuevas tecnologías”. Hay espacios municipales, como en Zaragoza Vivienda, que desde la pandemia se vienen usando los datos biométricos para el control de la jornada.

Esta instrucción ha causado un importante malestar en buena parte de la plantilla, hasta el punto que toda la representación sindical ha planteado oposición y alerta ante los tratamientos biométricos y de reconocimiento facial. Algunos sindicatos calificaron esta instrucción de despropósito.

Por otro lado, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha mostrado su preocupación por la tendencia a aplicar el uso de la identificación biométrica, porque sonmecanismos “muy intrusivos para los derechos y libertades fundamentales de las personas físicas”.

Son varias las resoluciones de la AEPD que rechazan el uso de sistemas de identificación biométrica para controlar el acceso, como el más reciente de la Liga de Fútbol Profesional con los grupos de animación en los estadios deportivos de este país (informe 98/2022), pero también el informe 47/2021 o la resolución de procedimiento sancionador 218/2021.

En estos informes, la AEPD concluyó que la adopción de este mecanismo no es conforme con la normativa actual de protección de datos, debido a que la legislación no contempla la posibilidad de que estos sistemas de identificación puedan llevar a cabo tratamiento de datos biométricos; asimismo, tampoco establece las “garantías pertinentes y adecuadas para la protección del derecho fundamental a la protección de datos personales”.

La Agencia consideró que el tratamiento de datos biométricos para la identificación o verificación de personas está sometido al régimen de prohibición general del Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea (GDPR, por sus siglas en inglés). Ni el interés público, en tanto no haya una disposición con carácter de ley y obviamente una instrucción no lo es, es motivo suficiente para aceptarlo. Así, la Agencia respondió que el tratamiento de datos biométricos requiere que “esté previsto en una norma de derecho europeo o nacional con rango de ley”, por lo que el acuerdo de la Comisión no puede suplir lo que no contiene la legislación vigente.

Por tanto, y en atención a los precedentes y dado que una instrucción en sí misma es coercitiva, no permitiría un consentimiento libre de los funcionarios no parece procedente autorizar el uso de datos biométricos en vez de usar mecanismos alternativos de identificación que funcionan adecuadamente.

Por todo ello el Grupo Municipal de Podemos presenta para su debate y aprobación en pleno la siguiente:

MOCIÓN

  • 1. El Pleno del Ayuntamiento de Zaragoza, en base a los informes de la AEPD, insta al Gobierno de la Ciudad a retirar de la instrucción sobre Gestión y control del calendario laboral, jornada, horarios, pausas, permisos, vacaciones, licencias y reducciones de jornada del personal empleado del Ayuntamiento de Zaragoza y de acreditación de la condición de empleada/o municipal y uso de herramientas municipales toda la parte relacionada con el control biométrico del personal municipal.
  • 2. El pleno del Ayuntamiento de Zaragoza insta al Gobierno de la Ciudad a destinar la partida prevista para maquinaria de control biométrico a favorecer el teletrabajo de la plantilla municipal.