Moción: P-3996/2021

Orden del día del Pleno (Iniciativas presentadas por los grupos políticos municipales) Publicación con sello de tiempo del 26-11-2021 09:00 presentada por GM PSOE

Acordar disolver la Gerencia de Urbanismo transfiriendo las competencias a los órganos del Ayuntamiento que las tengan atribuidas por ley e instar al Gobierno a restituir las competencias de Urbanismo revocadas el pasado 22 de octubre de 2021, en cuyo caso quedaría sin efecto el punto anterior.

MOCIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA PARA SU DEBATE Y VOTACIÓN EN EL PRÓXIMO PLENO ORDINARIO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA

El pasado viernes, día 22 de octubre, el Gobierno de Zaragoza acordó revocar las competencias para la aprobación de los proyectos de obra ordinarios del Consejo de Gerencia avocándolas al Gobierno de Zaragoza.

Como consecuencia de esta decisión, a partir de ahora, será el Gobierno quien acuerde la aprobación de estos proyectos de obra, apoyándose en lo dispuesto en el artículo 14.d de la Ley 10/2017 de 30 de noviembre de régimen especial del municipio de Zaragoza como capital de Aragón, que otorga esta competencia al Gobierno.

En este sentido, conviene recordar que la Gerencia de Urbanismo y por ende el Consejo de Gerencia como órgano de ésta, es un organismo creado al amparo de una decisión plenaria (concretamente de 28 de noviembre de 2003) al que se confieren una serie de competencias en materia urbanística que la legislación reguladora del régimen local y urbanística otorga a los diferentes órganos municipales, ya sea el Alcalde, la Junta de Gobierno o los concejales de gobierno en quien, a su vez, se haya delegado la competencia.

Es decir, que todas y cada una de las competencias de la Gerencia de Urbanismo están previamente otorgadas por la ley a otros órganos. Sin ir más lejos, la competencia concreta de para la aprobación de los proyectos de obras ordinarias, ya estaba atribuida, antes de la entrada en vigor de la Ley de Capitalidad, al Alcalde por el artículo 30:0) de la Ley de Administración Local de Aragón.

Por ello, el argumento deque se trata de cumplir lo previsto en la Ley de Capitalidad es un sinsentido y por tanto estamos ante una decisión, en absoluto de carácter jurídico sino de carácter estrictamente político, por la que el Gobierno de la ciudad, trata de no someter los proyectos de obras a la consideración del Consejo de Gerencia y por tanto a la conformación o no de mayorías, puesto que, no puede obviarse, que el actual gobierno carece de mayoría absoluta en el Pleno.

Se trata por tanto de sustraer a la mayoría de la Corporación la decisión sobre esos proyectos y conferir todo el poder de decisión al gobierno aun cuando éste se encuentre en minoría.

A partir de esta decisión, abiertamente antidemocrática, las competencias del Consejo de Gerencia quedan reducidas en su inmensa mayoría a la resolución de actos reglados tales como la concesión o denegación de licencias urbanísticas de todo tipo o la sustanciación de actuaciones sancionadoras. Estos actos, por su naturaleza reglada no pueden ser objeto de controversia salvo que se aprecie un vicio claro de legalidad, lo cual, en la práctica resulta de todo punto imposible dada la premura y el volumen ingente de expedientes se someten al Consejo.

Al sustraer una de las pocas y principales competencias de carácter político como es la determinación de qué proyectos de obras se ejecutan por parte del gobierno, o el contenido de los mismos, el Consejo queda como un mero tramitador de expedientes reglados que, en todo caso, sólo hace que ralentizar su tramitación dado que sólo se reúne dos veces al mes.

Resulta obvio que la motivación de esta decisión por parte del gobierno no es otra que asegurar la aprobación de proyectos sobre los que no existe un consenso y que, previsiblemente estarían abocados a no ser aprobados por la mayoría del Consejo.

Por lo expuesto, el Grupo Municipal Socialista somete a la consideración del Pleno la siguiente

MOCIÓN

  • 1. Acordar por el Pleno del Ayuntamiento de Zaragoza, el inicio del expediente pertinente al objeto de disolver la Gerencia de Urbanismo transfiriendo la totalidad de sus competencias a los órganos del Ayuntamiento a los que la ley tenga atribuidas las mismas.
  • 2. Instar al Gobierno de Zaragoza a restituir de manera inmediata las competencias de la Gerencia de Urbanismo revocadas por acuerdo de 22 de octubre de 2021, en cuyo caso quedaría sin efecto el punto anterior.

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