Moción: P-2038/2020

Orden del día del Pleno único (asuntos dictaminados por las comisiones, e iniciativas) Publicación con sello de tiempo del 30-10-2020 09:00 presentada por GM VOX

Instar al gobierno municipal a realizar un estudio sobre qué aspectos de la normativa municipal de tráfico conviene actualizar en el plazo máximo de seis meses desde su aprobación y a realizar una nueva normativa de la Ordenanza General de Tráfico en el plazo de tres meses

La normativa municipal es el primer paso administrativo que regula de alguna manera las relaciones de los vecinos con su ciudad, coil su ayuntamiento y entre ellos mismos. Es el elemento fundamental que establece las normas más básicas de convivencia en una ciudad desarrollada cuyo objetivo no es otro que establecer una ordenación razonable, justa y adaptada a las necesidades actuales que regule la limpieza, el ocio, el ruido, el tráfico o incluso el medio ambiente y su relación con los vecinos de la ciudad.

Si atendemos a uno de los aspectos que más importancia tiene en el desarrollo de una ciudad, éste podría ser el tráfico y la movilidad. En nuestra ciudad, ambos conceptos vienen regulados por una normativa que data del año 1997 que es la Ordenanza General de Tráfico· de Zaragoza. Desde entonces apenas se han incorporado actualizaciones de envergadura, a pesar de que se hace· necesario una actualización de la normativa y adaptarla a las exigencias legislativas de sus normas de rango superior.

La inclusión de los denominados ciclocarriles y carriles pacificados en el escenario urbano así como los nuevos modelos de movilidad compartida que conviven en Zaragoza como pueden ser los VMP, bicicletas y motos eléctricas hacen necesario realizar un estudio en profundidad para actualizar la normativa municipal al escenario actual.

Por todo ello se presenta la siguiente:

MOCIÓN

El Pleno del Ayuntamiento dé Zaragoza insta al gobierno municipal a:

  1. Realizar un estudio por parte de los técnicos municipales en colaboración con la Jefatura del Cuerpo de PoliCía Local para determinar qué aspectos de la normativa municipal de tráfico conviene actualizar, modificar o corregir. Dicho estudio deberá estar finalizado en el plazo máximo de seis meses desde la aprobacíón en Pleno ·
  2. A realizar un nuevo desarrollo normativo de la Ordenanza General de Tráfico teniendo en cuenta las consideraciones del apartado anterior en el plazo de tres meses desde la conclusión del estudio.

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