Moción: P-792

Orden del día del Pleno (Iniciativas presentadas por los grupos municipales) Publicación con sello de tiempo del 31-01-2020 09:00 presentada por GM PSOE

Mantener la denominación de violencia de género en sus partidas presupuestarias, ratificar el cumplimiento del Pacto de Estado contra la Violencia de Género y condenar los asesinatos de violencia machista

En diciembre de 2017, los distintos Grupos Parlamentarios, las Comunidades Autónomas y la Entidades locales ratificaron el Pacto de Estado Contra la Violencia de Género. Este Pacto de Estado histórico, aprobado por unanimidad, que contemplaba 200 medidas que abarcan múltiples ámbitos y que supuso por primera vez, la unión de un gran número de instituciones, organizaciones y personas expertas para la erradicación de la Violencia de Género.

La Violencia de Género es un problema de toda la sociedad, la cual debe involucrarse en la búsqueda de soluciones eficaces para proteger a las víctimas así como a sus hijas e hijos, rechazar a los maltratadores y prevenir la violencia. En España, pese a los avances legales de carácter nacional e internacional, las mujeres siguen siendo controladas, amenazadas, agredidas y asesinadas, evidenciando el persistente machismo que nos empobrece como sociedad. Entre 2019 y lo que llevamos de 2020 han sido 59 las mujeres asesinadas a manos de quienes eran o habían sido sus parejas.

La Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de protección integral contra la Violencia de Género, en su attículo 1. indica que la violencia de género comprende "todo acto de violencia (...) que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por patte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia. (...) que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada".

La sentencia del Tribunal Constitucional 59/2008, del 14 de mayo, dejó clara la razonabilidad de introducir un distinto trato en materia de violencia de género y afirmó que la diferenciación de la pena es razonable porque persigue incrementar la protección de la igualdad, integridad física, psíquica y moral de las mujeres en un ámbito, el de la pareja, en el que se está insuficientemente protegidas.

En su fallo, el Alto Tribunal considera como primer aval de "razonabilidad" respecto a la diferenciación del sujeto pasivo (víctima) las "altísimas" cifras en tomo a la frecuencia de una grave criminalidad que tiene por objeto a la mujer y por agente a la persona que es o fue su pareja.

En el auto, el TC recuerda que se trata de una diferenciación de "género" y no de "sexo"y que el artículo 153.1 del CP solo incorpora un inciso referido a "persona especialmente vulnerable que conviva con el autor" precisando que también puede incorporarse que la mujer sea sujeto activo del citado artículo 153 si su víctima es otra mujer que sea o haya sido su pareja.

La exigencia de gmpo municipal de V ox de eliminar la referencia en cualquier pattida del Presupuesto a la violencia de género, cambiando la denominación por el de violencia intrafamiliar o doméstica, como condición para apoyar dicho presupuesto, solo persigue estigmatizar nuevamente a las mujeres que sufren en su día a día una violencia equiparable al horror de las víctimas de extorsión y menoscabo de la dignidad y la libertad en los casos de amenaza terrorista.

Por todo ello, el Gmpo Municipal Socialista presenta ante el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Zaragoza la siguiente:

MOCIÓN

  1. El pleno del Ayuntamiento insta al Gobierno de Zaragoza a mantener la denominación de violencia de género en sus partidas presupuestarias y en sus líneas de actuación para la erradicación de esta lacra social, con respeto a la legalidad vigente y a la sentencia del TC
  2. El pleno del Ayuntamiento insta al Gobierno de Zaragoza a garantizar el cumplimiento de la STC 59/2008, de 14 de mayo, que reconoce la razonabilidad de la diferenciación de trato y de pena por cuestión de género, que no de sexo, teniendo como aval las altísimas cifras en torno a la frecuencia de una grave criminalidad que tiene por objeto a la mujer y por agente a la persona que es o fue su pareja
  3. El pleno del Ayuntamiento insta al Gobierno de Zaragoza a ratificar el cumplimiento del Pacto de Estado contra la Violencia de Género, garantizando la implementación de las medidas necesarias para ello
  4. El pleno del Ayuntamiento insta al Gobierno de Zaragoza a condenar los asesinatos de violencia machista que ha costado la vida a 59 mujeres entre 2019 y los pocos días transcurridos de este 2020

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