Con ella puedes obtener:
Medidas Penales
Orden de alejamiento del agresor, prohibición de comunicación, prisión provisional…
Medidas Civiles
Atribución del uso y disfrute de la vivienda familiar, regulación del régimen de custodia y visitas de hijos/as, contribución económica para su mantenimiento…
Medidas Sociales (recursos económicos y de apoyo)
Una vez puesta la denuncia y solicitada la Orden de Protección, el juez o jueza convocará una comparecencia en el plazo máximo de 72 horas, tras la cual puede aprobar la Orden de Protección con las medidas correspondientes.
Fuente: Manual básico de Orientación Jurídica en materia de violencia contra la mujer (IAM)