Subvenciones de Cooperación al Desarrollo y Emergencia humanitaria


Descripción

  • Resolución
  • Las entidades solicitantes aprobadas deberán formular en su expediente de solicitud, la aceptación de la subvención, a través del siguiente enlace.

El Ayuntamiento de Zaragoza, como expresión de la solidaridad de la población zaragozana con los pueblos más desfavorecidos, sostiene una política pública de Cooperación al Desarrollo, de la que el instrumento más importante, por el volumen de recursos destinados, son las subvenciones que, desde 1992 y de manera ininterrumpida, ha concedido, mediante convenios y convocatorias públicas.

MÁS INFORMACIÓN:

  • En las Bases que aparecen en el apartado de Normativa

 

Requisitos


Pueden beneficiarias de subvención:

  • Organizaciones No Gubernamentales legalmente constituidas, de modo individual o asociadas entre sí.
  • Administraciones locales de los países en desarrollo y las asociaciones constituidas por las mismas.
  • Entidades que representan a agencias o programas de las Naciones Unidas y a organizaciones internacionales de derecho público creadas por tratado o acuerdo internacional.
  • Instituciones públicas con personalidad jurídica y sede en Zaragoza, vinculadas a la formación y educación para el desarrollo.

Formas de tramitación


Por Internet

Documentación

  • La solicitud debe incorporar la documentación preceptiva que enumera la base 14ª. Aquella documentación que sea igual para todos los proyectos de una entidad sólo deberá aportarse en uno de ellos, haciendo referencia a la misma en los restantes.
  • Consulte Documentación necesaria

Proceso

1. SOLICITUD DE LA SUBVENCIÓN

Plazo:

  • Publicadas en el BOPZ  nº 132 del 13/06/2022.
  • Plazo de solicitud: del  14 de junio al 11 de julio de 2022.

Para la correcta presentación de la subvención puedes consultar: Guía para la Solicitud

Para iniciar el trámite, haga clic en el botón rojo: Solicitud

2. COMUNICACIÓN DE INICIO DEL PROYECTO

La entidad subvencionada deberá comunicar la fecha efectiva de inicio del proyecto o las circunstancias que impidan iniciarlo en el plazo de un mes posterior a la transferencia de los fondos, de acuerdo con la Base 23ª.

Para iniciar el trámite, haga clic en el botón rojo: Comunicación de Inicio

3. MODIFICACIONES (adecuaciones y reformulaciones)

La entidad subvencionada deberá informar de cualquier circunstancia que pudiera afectar al desarrollo del proyecto y de las modificaciones que se pretendan introducir en la realización del mismo, de acuerdo con la Base 24ª.

Para la correcta presentación de la subvención puedes consultar: Guía para las Modificaciones

Para iniciar el trámite, haga clic en el botón rojo: Modificaciones

4. INFORME DEL SEGUIMIENTO DEL PROYECTO

 La presentación del Informe de seguimiento es obligatoria:

  • 1ER INFORME SEGUIMIENTO al 7º MES del comienzo el proyecto: Todos los proyectos cuya duración exceda los 10 meses.
  • 2º INFORME DE SEGUIMIENTO al 13º MES del comienzo del proyecto: Si el proyecto dura más de 15 meses.

Se deberá incorporar la documentación que enumera la Base 27ª.

Para la correcta presentación del Informe de Seguimiento puedes consultar: Guía para el Seguimiento

Para iniciar el trámite, haga clic en el botón rojo: Informe Seguimiento

5. INFORME FINAL DEL PROYECTO

Una vez finalizado el proyecto, incluidas todas las ampliaciones autorizadas, se presentará la justificación de la subvención en el plazo máximo de tres meses.
La presentación del Informe Final debe incorporar la documentación que enumera la Base 31ª.

Para la correcta presentación del Informe Final puedes consultar: Guía para la Justificación

Para iniciar el trámite, haga clic en el botón rojo: Informe Final

Órgano gestor


SERVICIO ADMINISTRATIVO DE ACCIÓN SOCIAL Y FAMILIA
  • Pza. San Carlos - 50001