Subvenciones para el apoyo al Autónomo de Zaragoza en el inicio y relevo de actividad


Descripción

PLAZO SOLICITUDES: hasta el 31 de octubre de 2025 (incluido), en el caso que no se agote el crédito.

CONVOVATORIA 2025

El objeto de esta convocatoria es subvencionar el inicio y el relevo de actividad en las iniciativas empresariales de autoempleo de la ciudad de Zaragoza potenciando la competitividad del tejido empresarial local.

A los efectos de esta convocatoria se entenderá:

a) Iniciativa Empresarial: inicio de negocio de todos aquellos empresarios que se den de alta como Autónomos entre el 01/01/2025 y el 31/10/2025 y cumplan los requi­sitos definidos en la base Cuarta.

b) Relevo de actividad: todos aquellos empresarios que se den de alta entre el 01/01/2025 y el 31/10/2025 como Autónomos para asumir el traspaso o venta de un negocio o actividad y que cumplan los requisitos definidos en la base Cuarta.

Más información


En las Bases descargables en el apartado de Normativas 

Requisitos

Podrán ser beneficiarias las personas que se hayan dado de alta como autónomos en el año 2025 antes de la fecha de solicitud de la subvención o vayan a ser autónomos a partir de la publicación de la presente convocatoria y antes del 31/10/2025.

Los autónomos deberán disponer de domicilio social en el término municipal de Zaragoza, y tenga o vaya a disponer de, al menos, un centro de trabajo en el término municipal de Zaragoza. Se deberá adjuntar la dirección del lugar de trabajo en la solicitud.

También podrán ser beneficiarios los autónomos que sucedan al titular de una actividad empresarial desarrollada en Zaragoza, siempre que suponga el mantenimiento de un establecimiento abierto al público que de otra forma hubiese cerrado.

Requisitos inicio de actividad y relevo empresarial:

  • Alta entre el 1 de enero del 2025 y 31 de octubre del 2025) en el régimen especial de Trabajadores Autónomos o Mutualidad del colegio profesional que corresponda y alta en el Censo de Empresarios Profesionales y Retenedores (modelo 036/037).
  • Que esté en posesión de plan de empresa de la actividad proyectada.
  • Que la actividad económica propuesta por el autónomo sea de nueva creación, no se admite modificación o ampliación de actividades ya existentes, ni la apertura de delegaciones de similar actividad de empresas existentes.
  • El inmueble donde se inicie la actividad podrá ser una oficina, bajo comercial, o taller, con entidad independiente, no podrá ser parte de un local, ni parte de una vivienda familiar, ni espacio compartido con otra actividad económica.
  • Que la actividad económica por la que se solicita subvención deberá permanecer en alta de autónomos y alta en el Censo de Empresarios Profesionales y Retenedores durante al menos 2 años a contar desde la citada alta.
  • Solamente se concederá una única subvención por beneficiario.
  • No estar incurso en ninguna de las circunstancias de prohibición para acceder a subvenciones señaladas en los arts. 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal (AEAT), con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), con la Comunidad Autónoma de Aragón y con el Ayuntamiento de Zaragoza

Requisitos específicos para el relevo de actividad: 

  • El objeto del plan será la planificación, adaptación y preparación del proceso de relevo de la actividad económica y/o comercial.
  • Que la transición sea motivada por la situación de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, por jubilación o muerte de la persona titular del negocio o por circunstancias sobrevenidas debidamente acreditadas.
  • Que el negocio objeto de transmisión tenga una antigüedad superior a 3 años a contar desde el alta en el régimen especial de trabajadores Autónomos de su nuevo titular.
  • Que el nuevo titular mantenga la misma actividad del negocio traspasado y en el mismo local durante, al menos, 2 años.
  • Que no hayan transcurrido más de 6 meses desde el cierre de la actividad económica a suceder, o que no hubiese finalizado en el momento de efectuarse el traspaso, cesión o venta del negocio.
  • Que la transmisión de la actividad empresarial se realice mediante contrato

Plazo de Presentación


  • El plazo de presentación de solicitudes será abierto desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOPZ y hasta agotar el crédito disponible.
  • El plazo máximo para solicitar la subvención, en el caso que no se agote el crédito será hasta el 31 de octubre de 2025 (incluido)

Plazo de Resolución


3 meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Silencio Administrativo


NEGATIVO

Formas de tramitación


Por internet

Por Internet

Trámite fuera de plazo

Documentación

Los solicitantes deberán aportar la siguiente documentación:

  • a) Solicitud cumplimentada según modelo que se incluye como anexo. La firma de la solicitud supone la declaración responsable del solicitante de que cumple los requisitos específicos de la convocatoria y los requisitos generales establecidos en la Ordenanza General de Subvenciones para tener la condición de beneficiario y en concreto de no estar incurso en ninguno de los supuestos señalados en los artículos 11.2 y 11.3 de la citada Ordenanza.
    En la solicitud se incluye la autorización para que el Ayuntamiento solicite los certificados de estar al corriente de pagos con AEAT, Seguridad Social, Gobierno de Aragón y el propio Ayuntamiento. En caso de no autorizar, el solicitante deberá presentarlos. Se adjuntará documentación complementaria necesaria para poder valorar el desarrollo de las acciones indicadas en la solicitud y el presupuesto detallado de todas las acciones a realizar.
    En dicha solicitud se indicará si se ha solicitado subvención al Ayuntamiento o a otra entidad para las acciones indicadas.
  • b) Fotocopia del DNI
  • c) Plan de empresa del negocio a iniciar o relevar realizado por UPTA, ATA u otra entidad reconocida que realice planes de empresa.
  • d) Alta en el régimen especial de trabajadores autónomos (si se dispone a fecha de solicitud).
  • e) Certificado censal de AEAT (si se dispone a fecha de solicitud).
  • f) Contrato de alquiler, en su caso.
  • g) Licencia municipal de actividad o cualquier otra licencia necesaria para el ejercicio de la actividad, en su caso.
  • h) Título del curso de formación para el empleo del IMEFEZ; en su caso.

Proceso.

Si dispone del DNI electrónico u otro Certificado Electrónico Reconocido admitido por el Ayuntamiento de Zaragoza o sistema Cl@ve puede tramitar sus procedimientos por medios electrónicos, siguiendo los siguientes

PASOS:

1. Qué documentación tiene que enviar

  •  Si existe un impreso especifico (formato PDF) en el apartado "Impresos Relacionados" de la ficha descriptiva del Trámite, cumpliméntelo y guárdelo en su ordenador siguiendo las Instrucciones para Almacenar los Impresos.
  • Si es necesario presentar alguna documentación adicional que Vd. dispone en soporte papel escanéela, preferiblemente en formato PDF, y guárdela también en su ordenador.

2. Iniciar Procedimiento

  • Generar su solicitud haciendo clic en el botón rojo Iniciar trámite con Certificado o sistema Cl@ve y accederá al inicio de su solicitud que  cumplimentará de forma guiada y que será recibida en el órgano gestor correspondiente del Ayuntamiento de Zaragoza. Deberá completar sus datos e indicar si desea que las notificaciones se cursen electrónicamente en el espacio "Notificaciones" de "Mi Carpeta Ciudadana", es decir en un espacio de acceso restringido del que dispondrá en esta sede electrónica del Ayuntamiento de Zaragoza, o si prefiere que se le remitan en soporte papel (salvo sujetos obligados a relación electrónica según art. 14 de la ley 39/2015).
  • La solicitud será generada automáticamente con los datos que cumpliemente. Incorpore además la documentación adicional, si la hubiera.
  • A continuación, se le pedirá que firme su presentación (sólo si dispone de certificado electrónico o Cl@ve Permanente con registro fehaciente) y se pondrá a su disposición el correspondiente justificante, que podrá conservar en su ordenador, imprimir o consultar en cualquier momento en su espacio "Registro de Entrada" de "Mi Carpeta Ciudadana".
  • Si se observara la carencia de algún dato o documento necesario para la tramitación de la solicitud, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se tendrá por desistido de su petición.

Si la solicitud se presenta en un registro diferente del Ayuntamiento de Zaragoza se remitirá, a la mayor brevedad, copia de ésta al correo electrónico, oficinadeimpulsoalautonomo@zaragoza.es, a los solos efectos de conocer la existencia de la solicitud.

Dirigido a:
  • Personas Físicas
Última actualización: 2025-09-01

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