Los requisitos quedan reflejados en las bases de la convocatoria (base 8ª y 9ª) y allí encontrarán la información completa que regula estas ayudas.
Es muy importante autorizar la consulta de los datos de intermediación a través del ANEXO 4 (si no se entrega este anexo, o bien se oponen a la consulta, o bien la autorización no está firmada con rúbrica a mano por los miembros de la unidad familiar, será necesaria la entrega de la documentación que se indica en la base 10ª).
Todos los requisitos establecidos en la base 8ª de la convocatoria, tendrán que cumplirse desde la presentación de la solicitud hasta la finalización del procedimiento.
A modo de resumen:
1. Requisitos de los progenitores
a) De residencia
- Estar empadronados y residir en la ciudad de Zaragoza.
- Además, uno de los progenitores deberá estar empadronado durante al menos dos años ininterrumpidamente, antes de la fecha de la presentación de la solicitud.
b) Económicos
- El nivel de renta familiar para tener acceso a estas ayudas, dentro de un rango de ingresos establecido, será el calculado con arreglo a la base 9ª. Se precisa conocer además el número de miembros que conforman la unidad familiar.
- De acuerdo con lo previsto en la Ley 35/2006 de la Renta de las Personas Físicas, estas ayudas están calificadas como rendimientos del trabajo.
c) Personales y familiares
Ser padre, madre o tutor/tutora de un menor que cumpla las condiciones establecidas en la base 8ª apartado 2, requisitos del menor. Se consideran beneficiarios de estas ayudas a los progenitores del menor, salvo en aquellas circunstancias legales que justifiquen otra situación de relaciones paterno-filiales y pueda ser comprobable con documento oficial.
d) Legales
No deberán encontrarse en ninguna de las prohibiciones o exclusiones recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Los progenitores deben estar al corriente de pagos o no constar como deudores con AEAT, TGSS, DGA y Ayuntamiento de Zaragoza.
2. Requisitos del menor:
a) De nacimiento
Haber nacido entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2024.
b) Destinatario del servicio
Asistir a un Centro privado de Educación Infantil (1º Ciclo) de la ciudad de Zaragoza (que no esté sostenido total o parcialmente con fondos públicos y cuente con autorización municipal de actividad y funcionamiento), durante el primer semestre de 2025. En este sentido, la presente subvención se destina para sufragar parte del coste de servicios prestados (servicio básico educativo, horas complementarias y servicio de comedor).
c) De residencia
Estar empadronado y residir en la ciudad de Zaragoza.