Formas de tramitación
Por internet
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Documentación
En el caso de empresas y otras personas jurídicas
- Tarjeta de Identificación fiscal y acreditación del domicilio social.
- Copia de la Escritura de Constitución de la entidad. En el caso de cambios de domicilio social habrán de aportarse todas las escrituras que lo determinen.
- Certificado de composición de la Junta u órgano de Gobierno.
En el caso de personas autónomas:
- Copia de DNI
- Copia del último recibo RETA o mutualidad a la que se pertenezca.
Para ambos casos:
- Un Informe de Trabajadores en alta de la Seguridad Social del día de contrato por cada uno de los contratos presentados a la solicitud. En caso de ser coincidentes en fecha de contratación, se podrá presentar un informe para los contratos coincidentes.
- Un Informe de Trabajadores en alta de la Seguridad Social a fecha de 31 de diciembre de 2024.
- Un Informe de Trabajadores en alta de la Seguridad Social en fecha de solicitud, si bien se aceptarán informes que hayan sido obtenidos dentro del periodo de solicitud de la convocatoria. Este informe determinará lo recogido en la base novena.1.c)
- Copia del contrato de trabajo celebrado entre la entidad solicitante y cada uno de los trabajadores y trabajadoras para los que se solicita subvención.
- Informe de situación administrativa de la demanda de empleo en INAEM o similar por cada uno de los contratos solicitados, que justifique que a fecha de día inmediatamente anterior a la contratación se cumple la inscripción como desempleado/a en el Servicio Aragonés de Empleo.
- Certificado o documentación acreditativa de pertenencia de cada trabajador o trabajadora por los que se solicita subvención a uno de los colectivos descritos en la base séptima.
- Declaración responsable firmada por cada una de las personas trabajadoras por cuyo contrato se pide subvención donde se manifieste el cumplimiento del requisito de empadronamiento y se autorice la verificación de los datos por la unidad competente o, en caso de no autorizar, la obligación de aportar los documentos acreditativos en solicitud y en justificación.
Proceso.
Si dispone del DNI electrónico u otro Certificado Electrónico Reconocido admitido por el Ayuntamiento de Zaragoza o sistema Cl@ve puede tramitar sus procedimientos por medios electrónicos, siguiendo los siguientes
PASOS:
1. Qué documentación tiene que enviar
- Si existe un impreso especifico (formato PDF) en el apartado "Impresos Relacionados" de la ficha descriptiva del Trámite, cumpliméntelo y guárdelo en su ordenador siguiendo las Instrucciones para Almacenar los Impresos.
- Si es necesario presentar alguna documentación adicional que Vd. dispone en soporte papel escanéela, preferiblemente en formato PDF, y guárdela también en su ordenador.
2. Iniciar Procedimiento
- Generar su solicitud haciendo clic en el botón rojo Iniciar trámite con Certificado o sistema Cl@ve y accederá al inicio de su solicitud que cumplimentará de forma guiada y que será recibida en el órgano gestor correspondiente del Ayuntamiento de Zaragoza. Deberá completar sus datos e indicar si desea que las notificaciones se cursen electrónicamente en el espacio "Notificaciones" de "Mi Carpeta Ciudadana", es decir en un espacio de acceso restringido del que dispondrá en esta sede electrónica del Ayuntamiento de Zaragoza, o si prefiere que se le remitan en soporte papel (salvo sujetos obligados a relación electrónica según art. 14 de la ley 39/2015).
- La solicitud será generada automáticamente con los datos que cumpliemente. Incorpore además la documentación adicional, si la hubiera.
- A continuación, se le pedirá que firme su presentación (sólo si dispone de certificado electrónico o Cl@ve Permanente con registro fehaciente) y se pondrá a su disposición el correspondiente justificante, que podrá conservar en su ordenador, imprimir o consultar en cualquier momento en su espacio "Registro de Entrada" de "Mi Carpeta Ciudadana".
- Si se observara la carencia de algún dato o documento necesario para la tramitación de la solicitud, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se tendrá por desistido de su petición.