Ruido

Tráfico y Vía Pública

Procedimiento de Entrega de Vehículos en el Depósito Municipal.


Descripción

Desde el Depósito Municipal se presta el servicio de arrastre, movimiento y custodia de vehículos motivados por:

  • Razones de protección de la seguridad vial, como consecuencia del incumplimiento de los preceptos de la legislación estatal en vigor en materia de tráfico, circulación y seguridad vial o de las ordenanzas municipales relativas a dicha materia o, en su caso, normativa vigente en materia de protección de la salud y del medio ambiente así como del mobiliario urbano y resto del patrimonio municipal.
  • Resoluciones judiciales motivadas por infracciones penales u otras causas que determine el órgano judicial.
  • Motivos de seguridad, sustracción, abandono o accidente, donde dicho vehículo se vea involucrado.
  • Resolución de los órganos encargados competentes en materia de embargos administrativos y judiciales.

Pago


Pago Previo Obligatorio de las Tasas Municipales

Para la recuperación del vehículo será preciso acudir a las instalaciones del Depósito Municipal y abonar las tasas correspondientes al servicio de arrastre y los propios por los días de estancia en dichas instalaciones.

No devengará tasa por estancia si el vehículo es retirado dentro de las 24 horas siguientes al momento de su arrastre al Depósito Municipal.

Quedará excluido del pago de las tasas el vehículo que haya sido retirado por medida de seguridad, cuando no recaiga la responsabilidad de los hechos sobre el conductor, titular o arrendatario del mismo.

En los supuestos de recuperación de vehículos sustraídos previamente, las tasas municipales serán devengadas a partir de las 48 horas posteriores a la notificación de la recuperación al titular. Para proceder a la retirada del mismo deberá acreditar la anulación de la correspondiente denuncia.

Cuando el motivo del arrastre hubiere sido una resolución judicial, unicamente se entregará el vehículo a la persona referida en el documento expedido por la autoridad competente, haciéndose cargo previamente de las tasas generadas, excepto si el órgano judicial lo excluyere expresamente.

En los supuestos de retirada de vehículos obtenidos por subasta pública, deberá atender a los procedimientos y documentos precisos para ello, estipulados en las condiciones de las subastas correspondientes.

Formas de tramitación


Presencial

Presencial

Documentación

Documentación en vigor

  • Para la retirada de cualquier vehículo deberá contarse de manera previa con la documentación en vigor para su circulación (permiso de circulación, seguro obligatorio e ITV), debiendo utilizarse vehículos de asistencia en caso contrario.

Proceso

Para la recuperación de vehículos en el Depósito Municipal, únicamente se prevé de forma presencial en sus instalaciones, realizando el pago de las tasas (preferentemente con tarjeta de crédito o débito) por el titular o persona debidamente autorizada (firmada y acompañada de fotocopia del DNI del titular).

Observar lo articulado y desarrollado en la legislación vigente.

Consideración del vehículo como residuo urbano

  • Transcurrido el plazo de 2 meses desde que el vehículo sea arrastrado al Depósito Municipal y el titular no haya atendido a las notificaciones realizadas, siguiendo el procedimiento legal establecido en la legislación vigente, se considerará residuo urbano, procediéndose a su traslado a un Centro Autorizado de Tratamiento para su destrucción y baja definitiva.
  • Igualmente tendrá la misma consideración cuando se inicie un procedimiento de situación de abandono en base a las circunstancias recogidas en los textos legales y el propietario no procediera a su retirada en el plazo de un mes.


 

Dirigido a:
  • Personas Físicas
  • Personas Jurídicas
Última actualización: 2025-12-01

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Órgano gestor


Depósito Municipal: Grúa (Policía Local)