Las Ordenanzas Municipales de Medio Ambiente datan del año 1986, habiendo sido aprobadas por acuerdo del Excmo. Ayuntamiento Pleno del 13-02-1986.
Entre dichas ordenanzas se encuentra la de Limpieza Pública, Recogida y Tratamiento de Residuos Sólidos.
El largo tiempo transcurrido desde la fecha de aprobación, así como determinadas circunstancias sobrevenidas, hacen imprescindible la adecuación del texto.
Así, por una parte, resulta evidente que en este tiempo se han modificado de forma radical tanto las tecnologías disponibles en materia de tratamiento de residuos, como la conciencia social y la evidencia científica relativa al medio ambiente en sus diversos aspectos, y a la necesidad de prevenir la generación de residuos y evitar o reducir su impacto sobre el mismo.
Al compás de esta evolución se han producido cambios legislativos transcendentales, en los que se han consolidado una serie de principios rectores de todo este sector del ordenamiento, entre ellos el de la jerarquía de residuos y la responsabilidad de los distintos agentes involucrados, en aplicación del principio básico de que "quien contamina, paga", así como la consolidación del concepto de economía circular.
El último hito en esta legislación lo constituye la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, cuya disposición final octava establece:
Las entidades locales aprobarán las ordenanzas previstas en el artículo 12.5 de esta ley a partir de la entrada en vigor de la misma, de manera que se garantice el cumplimiento de las nuevas obligaciones relativas a la recogida y gestión de los residuos de su competencia en los plazos fijados. En ausencia de las mismas, se aplicarán las normas que aprueben las comunidades autónomas.
De conformidad con lo previsto en el artículo 133.1 de la LPACAP, con el objeto de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, con carácter previo a la elaboración del proyecto de norma, se sustanciará una consulta pública a través del portal web municipal, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma acerca de:
- Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
- La necesidad y oportunidad de su aprobación.
- Los objetivos de la norma.
- Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.