Moción: P-1706/2020

Moción en el Orden del día del Pleno (iniciativas presentadas por los grupos municipales) del 02-10-2020 09:00 presentada por GM VOX

Instar al Gobierno municipal la creación de un órgano de apoyo y asesoría frente al fenómeno de la "okupación", y a ofrecer ayuda legal y económica a las personas víctimas de allanamiento de sus viviendas, u ocupación de locales en los que desarrollen su negocios o actividades económicas.

En el Pleno del mes de septiembre del año pasado el grupo municipal VOX presentó una moción que fue rechazada por el resto de los grupos municipales y que sólo contó con los dos votos favorables de VOX. En ella se solicitaba textualmente la creación de "un órgano de apoyo y asesoría legal frente al fenómeno de la "okupación", iniciando las causas judiciales o personándose en las que hayan iniciado los propietarios y haciendo frente a los gastos de defensa jurídica de las personas físicas o jurídicas afectadas por la ocupación ilegal de sus inmuebles o viviendas en el término municipal de Zaragoza."

Desde esa fecha, en la que, insistimos, esa moción fue rechazada por el resto de los grupos municipales, de izquierda y derecha, presentes en el Pleno del Ayuntamiento de Zaragoza, el fenómeno, que ya era preocupante entonces, se ha agravado notablemente hasta el extremo de producir una verdadera alarma social con implicaciones directas y graves en el mercado de la vivienda, en la disuasión del turismo y por la necesidad generalizada ahora de asumir gastos en medidas de protección por parte de los propietarios de segundas residencias, que en un Estado de Derecho no deberían ser necesarios.

En torno a la ocupación, y amparados en el proteccionismo de la legislación y la lentitud de la Justicia, se han creado auténticas mafias que, en unos casos, alquilan fraudulentamente las viviendas ocupadas a inquilinos que pasan a habitarlas de buena fe, desconocedores de la situación irregular en que se hallan, y que, en otros, llegan a extorsionar a sus legítimos propietarios para abandonarlas sin estragos; además de la vinculación del fenómeno de la ocupación con otro tipo de delitos como hurtos, venta de droga, prostitución y molestias al vecindario. De hecho, no son infrecuentes los casos en que los denunciantes han sido precisamente los vecinos, no sólo del inmueble afectado sino del entorno, precisamente por las molestias e inseguridad que generan.

Es cierto que en este asunto colisionan dos derechos, el derecho a la propiedad privada y el derecho a la vivienda, y, aunque ambos están recogidos en la Constitución, ninguno de los dos es un derecho fundamental, y, en todo caso, es evidente que no son los particulares, sean personas físicas o jurídicas, quienes deben garantizar el derecho a la vivienda de terceras personas, sino los poderes públicos. y es evidente que en el caso de las mafias organizadas difícilmente puede invocarse, y mucho menos defenderse, el derecho a la vivienda de los ocupantes ilegales, para quien es una forma más -por supuesto delictiva-de hacer negocio.

Cuando se aprobó la primera legislación sobre la materia, la mayor parte de las "ocupaciones ilegales" provenían de una previa autorización del titular del bien para esa ocupación (normalmente un arriendo que con el tiempo y por causas sobrevenidas dejaba de pagarse), siendo la excepción aquellas "ocupaciones ilegales" en las que el ocupante irrumpía en vivienda ajena, y, debido a esa situación, la legislación establecía procedimientos judiciales muy proteccionistas en favor del ocupante y así mismo lo eran las sentencias de los tribunales. Ese proteccionismo, junto con el deterioro progresivo de la situación económica y el encarecimiento de los alquileres, sirvió en parte de estímulo al incremento del segundo tipo de ocupaciones, en las que no mediaba ningún tipo de autorización ni relación previa con el propietario.

La legislación actual sobre la materia (Ley 5/2018, de 11 de junio, de modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, en relación a la ocupación ilegal de viviendas, conocida popularmente como "Ley anti-okupas") , promovida en su momento por el gobierno de Mariano Rajoy y aprobada con los votos del centro-derecha, con la oposición entonces del PSOE y resto de partidos de izquierdas presentes en el Congreso -aunque refrendada por el Rey y publicada en el BOE con la finna del actual presidente del Gobierno, apenas unos días más tarde de la moción de censura que lo invistió como presidente-, se ha mostrado insuficiente para frenar este fenómeno, que no sólo no se ha contenido sino que ha seguido creciendo.

La Ley 5/2018, que, como decimos, pretendió agilizar el procedimiento de recuperación de los inmuebles ocupados, se ha revelado efectivamente insuficiente, en gran parte por la lentitud de los procedimientos judiciales. El procedimiento civil hasta obtener sentencia firme tiene una duración de muchos meses, normalmente de más de un año y a veces dos, a los que hay que añadir los que median hasta lograr la ejecución de la sentencia. Y aunque algo más breves, lo mismo pasa con los procedimientos penales.

Recientemente, el Partido Popular, que por fin parece haber tomado conciencia de la gravedad y extensión del problema, ha presentado dos Proposiciones de Ley en el Congreso de los Diputados: Proposición de Ley de garantías para la seguridad y convivencia ciudadanas frente a la ·ocupación ilegal de viviendas y Proposición de Ley Orgánica contra la ocupación ilegal y para la convivencia vecinal y la protección de la seguridad de las personas y cosas en las comunidades de propietarios.

Por su parte, VOX ha presentado la Proposición de Ley Orgánica relativa a la modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal,.para modificar el artículo 245 a fin de agravar las penas a los delitos de usurpación de inmuebles, ofrecer mejores herramientas a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y ampliar la protección de los legítimos titulares de derechos reales y una Proposición de Ley relativa a la modificación del Real Decreto Legislativo de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal, a fin de introducir los delitos de usurpación de inmuebles dentro de los recogidos en el artículo 795, y para modificar el artículo 553 en relación con esos mismos delitos.

E igualmente son numerosas las iniciativas tomadas por estos dos partidos y otros en parlamentos autonómicos y ayuntamientos, donde se presentan proposiciones de Ley y mociones que tratan de dar respuesta por parte de todas las instituciones a lo que ya es una extendida demanda social de protección frente a este fenómeno.

Sabido es que el Ayuntamiento de Zaragoza pone a disposición de distintos colectivos de ciudadanos asesorías de todo tipo. Por ejemplo: el Servicio de Igualdad ofrece a las mujeres asesoría jurídica que atiende cuestiones de violencia de género y asuntos de derecho de familia (separaciones, divorcios, custodia de los hijos, impago de pensiones ... ), así como asuntos laborales y de Seguridad Social, derecho penal o civil, sucesiones, etc. Además se ofrece información sobre los trámites necesarios para obtener asistencia jurídica gratuita y designación de abogado y procurador por el turno de oficio.

Igualmente, el CIPAJ ofrece asesoría sexológica para jóvenes, asesoría jurídica, orientación para el empleo... La Zona de Salud Joven Amparo Poch (ZSJ) presta información, asesoramiento y atención en temas relacionados con salud mental y sexual. La Casa de las Culturas ofrece a la población inmigrante asesoría de todo tipo, desde inserción por arraigo, retomo voluntario, reagrupación familiar. .. La OMIC ofrece información en materia de consumo. y más recientemente, en el Pleno de este Ayuntamiento se ha debatido una moción en la que un grupo municipal solicitaba asistencia psicológica gratuita a los jóvenes (sic) de hasta treinta años.

Precisamente por este despliegue de asesorías, resulta insólito que el Ayuntamiento de Zaragoza niegue protección y ayuda a las víctimas de la ocupación de sus viviendas, cuando son ellos, en su calidad de propietarios de inmuebles los que contribuyen con sus impuestos al bien común y al sostenimiento de sus instituciones, los que sufragan los servicios públicos yel funcionamiento de la ciudad, su alumbrado, la depuración y abastecimiento de agua, la recogida de basuras ... En justa reciprocidad, la ciudad debería apoyarles y defender sus derechos conculcados, ofreciéndoles o contribuyendo a ofrecerles seguridad jurídica.

Es por ello que se presenta la siguiente:

MOCiÓN

  1. El Pleno del Ayuntamiento de Zaragoza insta al gobierno municipal la creación de un órgano de apoyo y asesoría legal frente al fenómeno de la "okupación".
  2. El Pleno del Ayuntamiento de Zaragoza insta al gobierno de la ciudad a ofrecer ayuda legal y económica a las personas físicas víctimas de allanamiento de sus viviendas u ocupación de los locales en los que desarrollen sus negocios o actividades económicas o, en su caso, a las ONGs que sufran la ocupación de los locales donde ejercen su actividad, situados en el término municipal de Zaragoza, para hacer frente a sus gastos de defensa jurídica.
  3. El Pleno del Ayuntamiento de Zaragoza insta al gobierno de la ciudd a ofrecer ayuda legal a las personas físicas o jurídicas víctimas de la usurpación de sus viviendas.

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