Moción: P-1482/2020

Orden del día del Pleno Ordinario Publicación con sello de tiempo del 26-06-2020 09:00 presentada por GM PP, GM Ciudadanos

Instar al Gobierno de España a reducir el tipo impositivo aplicable en el Impuesto sobre el Valor Añadido del 21% al 4% a los productos farmacéuticos, que sean de uso obligatorio o recomendable en la prevención del contagio por coronavirus, como mascarillas, guantes, geles hidroalcohólicos, y otros elementos de barrera útiles

El pasado 10 de junio entró en vigor el Real Decreto-ley 21/2020, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-lg. Este Real Decreto-ley regula las condiciones que nos permiten volver a nuestras actividades habituaLes tras eL fin del confinamiento domiciliario y La declaración del estado de aLarma prevista para el próximo día 21 de junio. Se reguLan así todas Las medidas necesarias para prevenir eL posibLe contagio de un virus imprevisibLe que aún no está erradicado de n.uestro entorno y para el que todavía no existe vacuna.

Aunque La vueLta a La normalidad vaya avanzando en todo eL territorio, lo cierto es que nuestro país continúa en situación de crisis sanitaria. Por eLLo, entre otras medidas preventivas que eviten la aparición de nuevos brotes de infección, eL artículo 6 del citado texto normativo reguLa, bajo eL título "uso obligatorio de mascarillas", el deber de usar mascarilla para todas Las personas a partir de Los seis años, en toda situación y saLvo contadas excepciones. incluída su utilización en la vía pública yen espacios al aire libre.

El Gobierno no ha previsto, sin embargo. que este producto esencial sea provisto de manera gratuita a los ciudadanos, por Lo que debe ser adquirido bajo precio. Siendo esto así. resulta ineludibLe La necesidad de reguLar Los impuestos que son de aplicación a un producto sanitario que es, hoy, no solo de uso obligado por ley, sino básico para la protección de La saLud pública e individual de las personas.

Actualmente, las mascarillas, geles hidroalcohólicos. guantes y otros artículos de barrera frente al contagio, están gravados a un tipo del 21% en el Impuesto sobre el VaLor Añadido OVA), eL tipo más alto. El IVA que por estos productos sanitarios deben satisfacer los consumidores que, repetimos. es toda la población mayor de seis años sin excepción, es más elevado que, por ejemplo, la bolLería industrial o las bebidas carbonatadas. Esta incongruencia rechazable para eL más elemental sentido común, ha sido ya denunciada por La propia sociedad civil y por diferentes sectores profesionales, como la Federación Empresarial de Farmacéuticos EspañoLes.

En este contexto. parece que existiría amplio consenso para reducir el tipo impositivo de IVA aplicable a estos productos sanitarios obligatorios y esenciales. al tipo superreducido del 4% en el que se encuentran todos los artículos catalogados como "de primera necesidad", Si hubo consenso para reducir el IVA a los Libros. revistas y periódicos electrónicos durante la pandemia. debería haberlo. con más razón. para la modificación del impuesto en este caso. pues pocas cosas resultan hoy más necesarias e insustituibles que los elementos farmacéuticos de barrera. protección y prevención contra el contagio del coronavirus,

Por otro lado. no es desdeñable en absoluto la carga económica que esta nueva obligación. hoy por hoy ilimitada en el tiempo. supone para los bolsiLLos de una sociedad muy castigada por una crisis económica en la que ya estamos inmersos y cuyo fin no se anticipa cercano,

Por todo lo expuesto. los grupos municipales de CIUDADANOS-PARTIDO DE LA CIUDADANíA YPARTIDO POPULAR presentan la siguiente:

MOCiÓN

El Pleno del Ayuntamiento de Zaragoza insta al Gobierno de España a reducir el tipo impositivo aplicable en el Impuesto sobre el Valor Añadido. del 21% al 4%. a los productos farmacéuticos que sean hoy de uso obligatorio o recomendable en la prevención del contagio por coronavirus. como mascariLLas. guantes. geles hidroalcohólicos. caretas de protección y otros elementos de barrera útiles frente a la infección. al menos. mientras el país se encuentre en situación de crisis sanitaria.

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