Moción: P-1481/2020

Orden del día del Pleno Ordinario Publicación con sello de tiempo del 26-06-2020 09:00 presentada por GM PP, GM Ciudadanos

Crear un fondo que permita a las entidades locales que asuman la gestión del Ingreso Mínimo Vital, atenderla de manera adecuada y sin poner en riesgo las ayudas ya existentes, garantizando que las comunidades autónomas puedan participar de la misma manera en la tramitación, y solicitar al Gobierno de Aragón el reparto de las ayudas a través del Fondo Social Extraordinario .

La pandemia provocada por el COVID-19 ha generado una crisis sanitaria, social y económica de terribles consecuencias: más de 27.000 españoles fallecidos, 3,1 millones de españoles afectados por los ERTES, 4 millones de parados y millones de personas que necesitan ayuda para poder comer.

Tristemente, la pérdida de vidas humanas es ya irreparable pero las administraciones públicas, cada una en nuestro ámbito competencial, debemos trabajar para evitar que los millones de afectados por ERTES no pierdan su trabajo, los parados tengan oportunidades de encontrar un empleo y para apoyar a aquellos españoles que están en riesgo de exclusión y cubrir sus necesidades básicas.

La legislación laboral es una competencia estatal y desde las entidades locales y autonómicas solamente podemos defender la vigencia de aquellos instrumentos que se han demostrado eficaces para crear empleo como es el caso de la reforma laboral aprobada en 2012 que creó 2,5 millones de empleos.

En cuanto a evitar la exclusión y cubrir las necesidades básicas de aquellos españoles que, en estos momentos, no tienen ingresos o los que tienen son insuficientes, tanto las entidades locales como las autonómicas tienen vigentes, desde hace muchos años, diferentes instrumentos para ello.

En el ámbito local, son muchas las ayudas sociales que proporcionan alimentos, ayudas para el pago de alquiler, escuela infantil, gastos médicos o pago de impuestos, a aquellos vecinos y familias que se encuentran en situación vulnerable y no disponen de suficientes ingresos.

Desde que se decretó el estado de alarma y el cierre de la economía española, las entidades locales han experimentado una mayor afluencia de sus vecinos a los servicios sociales, un aumento en el número de ayudas de emergencia social solicitadas y concedidas así como un mayor número de vecinos y familias que acuden a los bancos de alimentos locales a proveerse de comida que no pueden adquirir por haber visto reducidos drásticamente sus ingresos a consecuencia de un ERTE o de perder su empleo.

Las entidades locales, que ya venían asistiendo y ayudando a los vecinos y familias más vulnerables de sus municipios, diputaciones, cabildos o consell insulares, han reforzado durante la pandemia las áreas de servicios sociales y aumentado las partidas presupuestarias destinadas a estos servicios y a las ayudas gestionadas por los mismos para atender al creciente número de españoles que han pasado a estar en riesgo de exclusión social como consecuencia de la pandemia.

Por otro lado, las comunidades autónomas y las dos ciudades autónomas españolas también cuentan con algún programa de renta mínima (las denominaciones varían: "rentas mínimas de inserción", " rentas básicas", " rentas garantizadas de ciudadanía" o "salario básicos") cuyo objetivo es proporcionar una última red de protección en situación de pobreza o exclusión social.

Ante esta situación el Gobierno de España ha puesto en marcha el Ingreso Mínimo Vital, una nueva prestación de la Seguridad Social que tendrá carácter permanente y que, segun el propio gobierno, tiene como principales objetivos la redistribución de la renta, con la intención de erradicar la pobreza extrema, y la inclusión social y participación en el mercado laboral de las personas en situación de vulnerabilidad.

Un ingreso, por tanto, que tiene los mismos objetivos que los que ya están gestionando las comunidades autónomas y las entidades locales. Aunque compartimos la filosofía de ayudar a los más vulnerables, quizás hubiese sido más eficaz y eficiente transferir fondos a las comunidades autónomas y entidades locales para que pudiesen continuar reforzando y ampliando las ayudas ya existentes rediseñándolas, si fuese necesario, para que pudiesen cumplir mejor los objetivos que persiguen.

Pero el Gobierno de España no ha consensuado esta medida con las comunidades autónomas ni con las entidades locales ni ha contado con la opinión de estas administraciones durante el proceso de elaboración de la norma que regula el Ingreso Mínimo Vital. Esto puede dar lugar a duplicidades e ineficiencias en la gestión además de generar incertidumbre e inseguridad jurídica.

Lo que sí sabemos las entidades locales es que, " aunque la competencia para el reconocimiento y el control de la prestación económica no contributiva de la Seguridad Social corresponde al Instituto Nacional de la Seguridad Social". Las comunidades autónomas y las entidades locales podrán iniciar el expediente administrativo cuando suscriban con el Instituto Nacional de la Seguridad Social el oportuno convenio que les habilite para ello" y que "en el marco del correspondiente convenio podrá acordarse la posterior tramitación y gestión previas" (Artíc. 22.2 de Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo, por el que se establece el ingreso mínimo vital).

Si se suscriben esos convenios, los gastos extra derivados de esta gestión deberán afrontarlos las entidades locales "exclusivamente con cargo a los ingresos corrientes que prevean obtener en el mismo ejercicio en que se inicie el procedimiento" (Disposición Final Sexta Real del Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo, por el que se establece el ingreso mínimo vital). Ya que un máximo del 5% de los gastos de capítulo I destinados por la Entidad Local podrán ir a políticas sociales según el apartado 2 de la Disposición Final Sexta. La delegación de la competencia para la gestión del Ingreso Mínimo Vital por parte de las entidades Locales no está suficientemente dotado por la Disposición Final anterior mente mencionada.

Por tanto, no se puede garantizar una gestión eficaz para los ciudadanos en tanto no se modifique la citada disposición y se dote a los ayuntamientos con los recursos para que el Ingreso Mínimo Vital llegue de manera urgente a los ciudadanos y con ello se cumpla la finalidad social para la que se creó.

También sabemos que determinadas comunidades autónomas, País Vasco, Navarra y Cataluña, podrán gestionar esta nueva prestación. Lo que supone un agravio comparativo entre ciudadanos que contradice la igualdad entre españoles consagrada por la Constitución Española.

Por todo ello, el Grupo Municipal Popular y Ciudadanos instan al Gobierno de España ( punto 1 a 4 de la moción) y al Gobierno de Aragón ( punto 5 de la moción):

MOCiÓN:

  1. Crear un nuevo fondo que permita a aquellas entidades locales que asuman la gestión de esta nueva prestación, a través de convenios con el Instituto Nacional de la Seguridad Social, atender dicha gestión de manera adecuada y sin poner en riesgo la tramitación de las ayudas sociales ya existentes en las mismas. Sin esos fondos adicionales, será inviable para las EE.LL. Gestionar esta nueva prestación estatal y por tanto, será inviable la firma de estos convenios de colaboración.
  2. Garantizar que todas las comunidades autónomas puedan participar de la misma manera en la tramitación y/o gestión de esta ayuda si consideran que es lo más adecuado para sus ciudadanos.
  3. Dar traslado de este acuerdo al Presidente del Gobierno, al Vicepresidente Segundo y Ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030, al Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y a los Portavoces de Grupos Políticos del Congreso, Senado y de las Cortes de Aragón.
  4. Solicitar al Gobierno de Aragón el reparto de las ayudas distribuidas través del Fondo Social Extraordinario a fecha 24 de marzo de 300 millones de euros, de los cuales a la CCAA de Aragón le correspondieron 9,9 millones y que el Ayuntamiento de Zaragoza necesita para hacer frente a situaciones derivadas del COVI D19.

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