Moción: P-904/2020

Orden del día para le Pleno (Iniciativas presentadas por los grupos municipales) Publicación con sello de tiempo del 28-02-2020 09:00 presentada por GM Podemos-Equo

Solicitar al Gobierno de España la modificación de ley necesaria para que los inmuebles oficialmente reconocidos como propiedad de la iglesia católica no adscritos estrictamente al culto, comiencen a pagar el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), eliminando así privilegios obsoletos.

D. FERNANDO RIVARÉS ESCO, portavoz del Grupo Municipal Podemos-Equo del Ayuntamiento de Zaragoza viene a formular para su aprobación la siguiente Moción en base a la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Concordato de España con el Vaticano aún en vigor, establece que los inmuebles propiedad de la iglesia católica no paguen el IBI en sus ayuntamientos generando así un claro privilegio frente al resto de inmuebles de la ciudad. Los hospitales públicos y los colegios públicos pagan IBI, las viviendas y locales de los ciudadanos y ciudadanas pagan IBI. En Zaragoza, los cálculos de los IBIS que el Ayuntamiento hubieran ingresado de las propiedades de la iglesia en Zaragoza son de 2.262.202 euros anuales en 2018 sin contar 1.629 870 euros de loas exenciones por la Ley de Fundaciones donde e encuentran la mayoría de los colegios católicos concertados que tampoco pagan 181.

Como consecuencia del Concordato, el artículo 62.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, establece que están exentos de Impuesto de Bienes Inmuebles, los inmuebles de la iglesia católica , en los términos previstos en el Acuerdo entre el Estado Español y la Santa Sede sobre Asuntos Económicos, de 3 de enero de 1979, y los de las Asociaciones confesionales no católicas legalmente reconocidas, en los términos establecidos en los respectivos acuerdos de cooperación suscritos en virtud de lo dispuesto en el artículo 16 de la Constitución.

En virtud de un anacronismo nunca revisado por los sucesivos gobiernos de España, la Iglesia Católica goza pues de un privilegio que perjudica los intereses generales de la ciudad y provoca mermas en las arcas publicas y genera movimientos de capitales en B utilizando algunos de sus inmuebles en alquiler. No pueden considerarse mecanismos de cooperación aquellos cuyo único fundamento es el privilegio frente a los demás en el pago de los impuestos a los que todos los españoles y españolas tenemos el deber constitucional de cumplir sin excepción alguna. Este privilegio viene rompiendo el principio de igualdad recogido claramente en nuestra Constitución. Ahora el Gobierno de España ha abierto por fin la posibilidad de esto cambio, y seria muy útil para su aplicación practica que los ayuntamientos españoles expresáramos los impuestos incobrados en este concepto para conocer la suma total en España de este privilegio del pasado, y animar al Gobierno de España a hacerlo cuanto antes.

Por todo ello, PodemosEquo presenta para su debate y aprobación en el Pleno el siguiente:

ACUERDO

  1. Que el Ayuntamiento de Zaragoza solicite de modo inmediato al Gobierno de España la modificación de ley necesaria para que los inmuebles oficialmente reconocidos como propiedad de la iglesia católica no adscritos estrictamente al culto comiencen a pagar el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) eliminado así privilegios obsoletos, y traslade esta misma petición a la FAMP y a la FEMP para evidenciar la voluntad de los aytos españoles.

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