Moción: P-110/2019
Orden del día del Pleno Ordinario
del 27-09-2019 09:00 presentada por GM VOXAprobar un Plan de Comprobación de las subvenciones nominativas de los ejercicios 2016-2019, así como el cruce de las concedidas por el Ayuntamiento de Zaragoza con las concedidas por la Administración General del Estado, el Gobierno de Aragón y la Diputación Provincial de Zaragoza o sus organismos autónomos
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones regula las subvenciones directas como un procedimiento excepcional que limitando la concurrencia competitiva se dirige a determinados beneficiarios por razones de interés público o singular carácter social, económico o humanitario. Todo ello tiene que quedar perfectamente justificado en el inicio del expediente, aunque siempre pueden quedar dudas de que en buena parte de las subvenciones concedidas de forma directa, sin mediar publicidad ni libre concurrencia, se den todas o parte de esas razones en grado suficiente como para justificar la excepcionalidad del procedimiento de concesión. En cualquier caso, la apreciación de esas razones que justifican la concesión directa presenta un margen de discrecionalidad que no siempre es totalmente compatible con la objetividad y transparencia que deben presidir la actuación pública. Es precisamente por eso por lo que tal procedimiento se considera -y así debe ser-excepcional.
La Ley General de Subvenciones remite a las bases de la convocatoria aspectos concretos de los procedimientos de comprobación, que en el caso de las subvenciones directas deberán incorporarse a los convenios que se suscriban con las entidades beneficiarias.
El Reglamento de la Ley de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 11 de julio, en su artículo 85, Comprobación de la realización de la actividad y del cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión y disfrute de la subvención, establece:
- 1. El órgano concedente de la subvención tendrá la obligación de elaborar anualmente un plan de actuación para comprobar la realización por los beneficiarios de las actividades subvencionadas.
- 2. El citado Plan deberá indicar si la obligación de comprobación alcanza a la totalidad de las subvenciones o bien a una muestra de las concedidas y, en este último caso, su forma de selección. También deberá contener los principales aspectos a comprobar y el momento de su realización.
En junio de este ano, la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) ha presentado un estudio de revisión de gasto, conocido como Spending Review, centrado en la evaluación de la estrategia y procedimiento de la concesión de subvenciones públicas que ha alertado, no de un descontrol generalizado, pero sí de falta de estrategia, transparencia y trazabilidad. Igualmente ha detectado que un número importante de subvenciones no aparecen en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, y ha alertado de la falta de coordinación entre administraciones, de la falta de aplicación eficaz de un régimen sancionador y de reclamación de las subvenciones indebidamente concedidas o no destinadas para el fin previsto y, finalmente, de unos costes de gestión administrativa (lo que pudiéramos considerar el gasto de intermediación de la administración pública) que evalúa en el diez por ciento de las cantidades concedidas y que cuestiona la eficiencia de la gestión. Son conclusiones generales, que si no directamente aplicables al Ayuntamiento de Zaragoza, sr al menos obligan a la adopción de cautelas y controles en el caso de las subvenciones que concede.
En particular, en el caso de las subvenciones directas -un procedimiento, recuérdese, excepcional-una elemental comprobación de los presupuestos de los últimos anos del Ayuntamiento de Zaragoza permite evidenciar cómo en el ano 2015, último del equipo socialista presidido por el alcalde Belloch, las cantidades presupuestadas en el capítulo 4 para su concesión mediante convenio a entidades privadas ascendieron a 4.599.466 euros. Al año siguiente, 2016, el primer presupuesto del equipo de Zaragoza en Común, reservó para su concesión directa 6.684.954 euros. Las cantidades en 2017 y 2018 han sido 7.815.156 euros y 7.479.410 euros respectivamente. Este incremento de las concesiones directas de ayudas por parte de Zaragoza en Común ha sido paralelo a otras actuaciones que los entonces partidos en la oposición han tachado de sectarias o partidistas y que buena parte de los ciudadanos de Zaragoza han percibido como tales: cesión de espacios y equipamientos públicos poco transparentes o claramente dirigidos, apoyo a determinados colectivos con sesgos ideológicos afines al equipo de gobierno, etc, etc. Cierto o no, así se ha percibido. En cualquier caso, el incremento de las concesiones directas de subvenciones es un dato objetivo irrebatible.
Pero al margen de las posibles sospechas de partidismo en el reparto de ayudas públicas, la existencia de convenios repetidos con las mismas entidades sociales desde hace muchos alios obligarran a la evaluación de los resultados obtenidos en el tiempo para decidir sobre su continuidad o no.
Y por otra parte, resulta inexcusable realizar un cruce de las subvenciones municipales, de todas, directas o no, con las que puedan estar concediendo otras instituciones con competencias en el ámbito territorial de nuestro municipio, en particular con las que concedan la Diputación Provincial de Zaragoza, el Gobierno de Aragón o la Administración General del Estado.
Todas esas comprobaciones son fundamentales para abordar con la máxima objetividad y conocimiento de causa la elaboración de los próximos Presupuestos municipales y el próximo Plan Estratégico de Subvenciones. No olvidemos que el actual Plan Estratégico tiene vigencia desde el afio 2016 al 2019.
Por todo ello, se presenta la siguiente
MOCIÓN
Que se apruebe con carácter inmedl de Comprobación de las subvenciones nominativas correspondientes a los ejercicios 2016-2019 a realizar por la Intervención General o entidad dependiente, asi com el cruce de todas las concedidas en ese periodo por el untamiento de Zaragoza en las concedidas por la Administración General del Estado, el Gobierno de Aragón y la Diputación Provincial de Zaragoza o sus organismo autónomos